La víctima de ‘la Manada’ rechaza rebajar la pena por el ‘sólo sí es sí’
● El Ayuntamiento de Pamplona y la comunidad foral de Navarra también se oponen a la reducción de condena
del delito, en orden a su colaboración procesal y su actitud La víctima de la violación de los hacia la víctima y hacia la reparación Sanfermines de 2016, el Ayuntamiento o no del daño, que no de Pamplona y la comunidad afectan a la culpabilidad, por ser foral de Navarra se han posteriores al hecho, sino a la opuesto a la petición de Ángel punibilidad”.
Boza, uno de los miembros de la Es más, esta acusación sostiene Manada de rebajar en un año y que con la nueva regulación tres meses de cárcel la condena introducida por la ley de garantía de 15 años impuesta en aplicación integral de la libertad sexual de la reforma de los delitos la pena que podría imponerse sexuales introducidos por la conocida “es la misma en su límite máximo como ley del sólo sí es sí. que la asignada en la anterior En un escrito remitido a la Audiencia regulación”, dado que con la de Navarra, la abogada nueva normativa la pena asignada de la víctima argumenta que los “es de siete a 15 años, pero al hechos por los que ha sido condenado concurrir dos subtipos agravados Ángel Boza son “muy de los establecidos en el número graves y la actitud posterior de 1 y 2 del mismo artículo los acusados que se describe en (por las agravantes de trato degradante la sentencia aumenta la culpabilidad o vejatorio y por la actuación del injusto, o la antijuridicidad conjunta de dos o más de su conducta, lo que personas) obliga a imponer esa justifica la imposición de una pena en su mitad superior”.
pena superior al mínimo legal Dice esta acusación que “la extensión previsto”. de la pena impuesta de En este sentido, la letrada recuerda 15 años no se encuentra próxima que el Tribunal Supremo al mínimo legal de la norma ahora –que aumentó la condena de vigente, pena de siete a cinco nueve a 15 años al estimar que años, cuando la misma ha de imponerse los hechos eran constitutivos de en este caso en su mitad una agresión sexual y no de abusos– superior por la concurrencia de ya valoró que esta pena era dos agravantes genéricas”, por lo “proporcionada a las circunstancias que “la pena sería igualmente personales de los acusados imponible en abstracto, habiendo y a la gravedad del hecho, razón que justifique la diferente con arreglo a la descripción que individualización concreta se contiene en el factum de la dentro del tramo legal”.
sentencia. Siendo uno de los factores A la misma conclusión llegan a tener en cuenta para valorar las acusaciones que ejercen el esa gravedad la conducta Ayuntamiento de Pamplona y la de los reos posterior a la realización comunidad foral de Navarra.