Diario de Cadiz

La víctima de ‘la Manada’ rechaza rebajar la pena por el ‘sólo sí es sí’

● El Ayuntamien­to de Pamplona y la comunidad foral de Navarra también se oponen a la reducción de condena

- Jorge Muñoz

del delito, en orden a su colaboraci­ón procesal y su actitud La víctima de la violación de los hacia la víctima y hacia la reparación Sanfermine­s de 2016, el Ayuntamien­to o no del daño, que no de Pamplona y la comunidad afectan a la culpabilid­ad, por ser foral de Navarra se han posteriore­s al hecho, sino a la opuesto a la petición de Ángel punibilida­d”.

Boza, uno de los miembros de la Es más, esta acusación sostiene Manada de rebajar en un año y que con la nueva regulación tres meses de cárcel la condena introducid­a por la ley de garantía de 15 años impuesta en aplicación integral de la libertad sexual de la reforma de los delitos la pena que podría imponerse sexuales introducid­os por la conocida “es la misma en su límite máximo como ley del sólo sí es sí. que la asignada en la anterior En un escrito remitido a la Audiencia regulación”, dado que con la de Navarra, la abogada nueva normativa la pena asignada de la víctima argumenta que los “es de siete a 15 años, pero al hechos por los que ha sido condenado concurrir dos subtipos agravados Ángel Boza son “muy de los establecid­os en el número graves y la actitud posterior de 1 y 2 del mismo artículo los acusados que se describe en (por las agravantes de trato degradante la sentencia aumenta la culpabilid­ad o vejatorio y por la actuación del injusto, o la antijuridi­cidad conjunta de dos o más de su conducta, lo que personas) obliga a imponer esa justifica la imposición de una pena en su mitad superior”.

pena superior al mínimo legal Dice esta acusación que “la extensión previsto”. de la pena impuesta de En este sentido, la letrada recuerda 15 años no se encuentra próxima que el Tribunal Supremo al mínimo legal de la norma ahora –que aumentó la condena de vigente, pena de siete a cinco nueve a 15 años al estimar que años, cuando la misma ha de imponerse los hechos eran constituti­vos de en este caso en su mitad una agresión sexual y no de abusos– superior por la concurrenc­ia de ya valoró que esta pena era dos agravantes genéricas”, por lo “proporcion­ada a las circunstan­cias que “la pena sería igualmente personales de los acusados imponible en abstracto, habiendo y a la gravedad del hecho, razón que justifique la diferente con arreglo a la descripció­n que individual­ización concreta se contiene en el factum de la dentro del tramo legal”.

sentencia. Siendo uno de los factores A la misma conclusión llegan a tener en cuenta para valorar las acusacione­s que ejercen el esa gravedad la conducta Ayuntamien­to de Pamplona y la de los reos posterior a la realizació­n comunidad foral de Navarra.

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D. S. Ángel Boza, en una de sus comparecen­cias en los juzgados de Sevilla.

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