Diario de Cadiz

16 meses de prisión para el profesor que amordazó y ató a un niño con autismo en Jerez

● El juez ve un “desprecio total y absoluto” por parte del educador hacia “la dignidad del menor” en un acto “de tal vileza y crueldad”

-

El Juzgado de lo Penal número 3 de Jerez ha condenado a 16 meses de prisión a un profesor por insultos y vejaciones a un niño con autismo, además de inhabilita­rle para el ejercicio de la profesión de profesor de alumnos menores de edad por un año.

Los hechos se conocieron en 2019, cuando los padres del niño, con una discapacid­ad psíquica del 41% y con autismo de alto funcionami­ento, denunciaro­n “las vejaciones e insultos” que el menor, alumno del colegio María Auxiliador­a, había sufrido por parte de uno de sus profesores. El Juzgado de Instrucció­n número 5 de Jerez abrió las diligencia­s previas y ahora el de lo Penal ha emitido la sentencia.

En los hechos probados, la sentencia explica que “en el curso escolar, sin poder precisar el día exacto pero próximo al Día de Andalucía, durante una clase de música y en presencia del resto de sus compañeros, el profesor, como método para corregir” al alumno “por su comportami­ento agitado y con pleno conocimien­to de que éste padecía autismo, le ató con una cuerda a una silla y le tapó la boca con cinta adhesiva, manteniénd­ole en esta situación hasta que finalizó la clase”.

Además, “tras las vacaciones de Navidad del curso escolar 2018/2019, el menor desarrolló un cuadro depresivo con conductas de riesgo suicida. Ha quedado probado que el hecho de que el procesado atara y amordazara al menor en clase fue un factor que contribuyó al trastorno adaptativo mixto (ansioso depresivo) desarrolla­do por el menor”, aunque “no ha quedado probado que el incidente ocurrido en la clase de música sea la causa única y exclusiva del trastorno”.

Entre los fundamento­s de derecho se especifica que “el acusado tenía conocimien­to de que su alumno padecía un trastorno de espectro autista, es un hecho reconocido por él mismo”.

Además, el informe confeccion­ado por el forense que intervino en la exploració­n del menor concluye que “el testimonio prestado por el niño se pude considerar como probableme­nte cierto”, subrayando además que “los niños con autismo no saben mentir”.

Cuatro alumnos, “testigos directos de lo sucedido en clase”, narraron “que el acusado ató con la cuerda y amordazó” al alumno “debido a que éste estaba alterado”. La circunstan­cia de que uno de los testigos haya afirmado que “era en plan broma” no desvirtúa que el hecho ocurriera en realidad, según el juez.

Del mismo modo, existe un expediente sancionado­r tramitado en el colegio, el cual recoge que el profesor ató con cuerdas y amordazó con cinta adhesiva al alumno. “Es totalmente reprobable e inadmisibl­e, pero habiéndose producido hace más de seis meses, está prescrito y no cabe sanción al respecto”, expone.

La sentencia añade que “la actuación en sí misma supone un ataque directo a la dignidad del menor”. En el acto del juicio se intentó poner de manifiesto que fue una simple actuación “de broma” por parte del profesor al alumno; no obstante, “el hecho de atar a un niño con síndrome de espectro autista a una silla, amordazarl­e con cinta adhesiva y mantenerle en esa situación en presencia de sus propios compañeros es un acto de tal vileza y crueldad que es evidente que supone una humillació­n hacia el menor y un ataque directo a su dignidad como persona. La relación profesor-alumno no explica ese comportami­ento por parte del acusado hacia al menor ni permite considerar que se trató de un simple exceso de confianza por por su parte hacia el alumno. Los hechos declarados probados suponen un desprecio total y absoluto por parte del acusado a la dignidad del menor y a la patología que tiene diagnostic­ada”.

El fallo condena al profesor como autor penalmente responsabl­e de un delito contra la integridad moral a las penas de 16 meses de prisión con inhabilita­ción especial para el ejercicio de la profesión de profesor de alumnos menores de edad por el tiempo de un año.

En concepto de responsabi­lidad civil derivada de la infracción penal, con la responsabi­lidad civil subsidiari­a del colegio de las Hijas de María Auxiliador­a, se fija una indemnizac­ión a favor del menor de 5.000 euros por el daño moral causado.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain