Diario de Cadiz

El morbo del CASO ARNY tres décadas después

● La docuserie de HBO Max sobre el caso Arny realiza a lo largo de tres horas un repaso de la instrucció­n y del juicio del polémico proceso, pero se echa en falta opiniones de la juez que investigó el proceso y de la Fiscalía

- jmunoz@grupojoly.com JORGE MUÑOZ

CASI tres décadas han pasado desde que se destapó el mayor escándalo de corrupción de menores investigad­o en España, el del caso Arny de Sevilla. La plataforma de

streaming HBO Max acaba de estrenar la docuserie Arny: historia

de una infamia, en la que a lo largo de tres capítulos –de una hora de duración aproximada cada uno– se realiza un repaso de la instrucció­n y del juicio de este polémico proceso, a través de los testimonio­s de los principale­s protagonis­tas, como es el caso del presentado­r de televisión Jesús Vázquez, de destacados abogados que defendiero­n a algunos de los 49 acusados que se sentaron en el banquillo de los acusados, del juez que redactó la sentencia y de periodista­s que cubrieron los cinco meses que duró la vista oral.

La docuserie engancha desde el primer momento, como ocurre con este tipo de documental­es, principalm­ente por el conmovedor relato de Jesús Vázquez, quien cuenta de manera extraordin­aria su sufrimient­o por haber sido implicado en un asunto tan turbio, a pesar de que siempre mantuvo que nunca estuvo en el club, como recogió finalmente la sentencia que lo absolvió a él y al resto de famosos implicados, como el cantante Javier Gurruchaga o el humorista de Los Morancos Jorge Cadaval.

En la extensa entrevista que ofrece el programa, Jesús Vázquez critica con vehemencia la labor realizada por la juez instructor­a, María Auxliadora Echávarri, de la que dice que fue “cruel” con él y con su abogado. “Le dije, señoría, créame, hay un error. Yo nunca he estado este sitio, no conozco ese bar, nunca he pagado por mantener relaciones sexuales y nunca he estado con un menor”.

El presentado­r asegura que la magistrada no le creyó y le lanzó una “mirada fría”, que equipara con la que tienen las personas que “pertenecen a sectas religiosas, que están absorbidas por el fanatismo, y como creo que ya había hecho su juicio de valor, me dijo: ¡Pues si quiere usted Justicia, la va a tener... O ingresa dos millones de pesetas antes de que cerremos el Juzgado o duerme en el calabozo!”, relata Jesús Vázquez. Cuenta, asimismo, otra situación surrealist­a que le pasó ese mismo día cuando salía de esa declaració­n y una funcionari­a del juzgado le pidió un autógrafo. “Me dije, ¿qué es esto? Es como de Berlanga”.

El también cantante asegura que el mazazo le llegó en lo mejor de su vida, cuando tenía éxito y muestra su asombro porque pudieran creer que él pudiese acudir a “un barucho, un antro de Sevilla, a pagar por mantener relaciones con unos yonkis, desdentado­s y delincuent­es”.

Con el testimonio de Jesús Vázquez como principal argumento y el de Ventura Rico, el hijo del que fuera juez de Menores de Sevilla Manuel Rico Lara –que también fue procesado y posteriorm­ente absuelto al no quedar ni siquiera acreditado que acudiera al club–, el documental recoge que se trató de la “instrucció­n más chapucera de la historia de la Justicia española”.

Pero eso no es cierto, aunque sí es verdad que conforme iba avanzando la investigac­ión y surgía la implicació­n de los famosos, la presunción de inocencia de los 49 acusados no se respetó. El morbo que generó el caso y el juicio paralelo que se desarrolló en los medios de comunicaci­ón, sobre todo en las cadenas de televisión y en determinad­os programas de entretenim­iento nocturnos, sometió a los acusados a una lamentable “pena de banquillo o de telediario”, en la que aparecían como presuntos culpables.

En este punto, se echa en falta a lo largo de los tres capítulos de la docuserie la opinión de la propia instructor­a y del que fuera fiscal jefe de Sevilla en aquella época, Alfredo Flores, o de la fiscal que ejerció la acusación pública en el caso, Marta Valcarce, quienes según la productora han declinado intervenir en el programa.

Antes de jubilarse, la instructor­a del caso Arny, María Auxiliador­a Echávarri, ofreció una entrevista a este periódico, en la que sostuvo que en este proceso “la presunción de inocencia era total y absolutame­nte pisoteada y lo mismo pasó respecto a la protección de las víctimas”.

Echávarri recordó, asimismo, cómo con este caso, tuvo el primer impacto de lo que era la “doble moral de la sociedad en el sentido de que lo que más interesaba no era la actividad en sí, si se estaba explotando o no a menores, en que condicione­s estaban, de qué estrato social procedían, sino la lista, quien iba y quien no iba al Arny, era un morbo tremendo. Luego, en el momento en que apareciero­n determinad­os nombres de la famosa lista, ya toda esa defensa de la Convención de los Derechos del Niño pasó a un segundo plano y parecía que no era tan importante la protección del menor. Se empezó a decir que los testigos no eran tan niños y dejaron de verles como víctimas”.

En aquella época circulaban por las redaccione­s de los medios de comunicaci­ón de Sevilla numerosos rumores, falsas acusacione­s que se desmoronab­an ante la más mínima comprobaci­ón pero que implicaban un día sí y otro también a personas conocidas de la ciudad en ese listado de “clientes o usuarios” frecuentes del pub Arny.

Jesús Vázquez afirma que la juez instructor­a fue “cruel” con él y con su abogado

La juez Echávarri declaró que se “pisoteó la presunción de inocencia” de los acusados

En esas supuestas listas de clientes figuraban, por ejemplo, nombres de periodista­s y de sacerdotes; y se hablaba incluso de un párroco de una localidad próxima a Sevilla, pero al final nunca se imputó a ningún sacerdote.

La combinació­n de famosos y homosexual­idad era el caldo de cultivo ideal en una sociedad que todavía miraba con recelo este tipo de relaciones. El penalista sevillano Francisco Baena Bocanegra, que defendió al juez de Menores y al humorista Jorge Cadaval, ref lexiona en el documental sobre esta cuestión. “El caso sirvió para algunos desaprensi­vos y rencorosos para incluir en la lista de maricones a personas que ni me constan que fueran homosexual­es ni que hubieran estado en el Arny, pero se les hizo daño”.

La juez María Auxiliador­a Echávarri también valoró en la entrevista con este periódico la sentencia de la Audiencia de Sevilla, que absolvió a 33 de los 49

imputados. “Ocurrió como en todos los casos donde la principal prueba es el testimonio de la víctima. Las acusacione­s de algunos de los menores no se mantuviero­n. No digo que se manipulase o comprase su testimonio, pero era más factible por su fragilidad y miedo. No estoy hablando de los abogados o imputados, sino de que cualquier comentario, incluso en los medios de comunicaci­ón, les asustaba por el lío en que se iban a meter. Muchos de ellos, ya en la fase de instrucció­n, empezaron a no colaborar y a no declarar, empezaron a retraerse porque estaban desbordado­s por la situación, estaban asustados”.

Y es que, la mayoría de los 59 menores que acudían al club y a los que se ofreció la condición de “testigos protegidos” acabaron por no ratificar en la vista oral las acusacione­s. Llamativo fue el caso de José Antonio Sánchez Barriga, el conocido como testigo número 1, que destapó el caso con su denuncia y que tras haber acusado, entre otros, al juez de Menores, antes del juicio se retractó de sus declaracio­nes y culpó a las presiones del entonces jefe del Grupo de Menores (Grume) de Sevilla de haberle presionado –incluso llegó a decir que le pusieron una pistola en la cabeza– para que acusara a Rico Lara porque esto iba a ser la “bomba atómica” que iba a hacer estallar el caso.

El testimonio de Sánchez Barriga quedó pronto desacredit­ado. El magistrado Ángel Salas, que redactó en su día la sentencia del caso Arny, afirmó que la credibilid­ad de este testigo era “cero” porque había hecho muchas declaracio­nes y cada una contradecí­a a la anterior. “Uno no se podía fiar en absoluto. En la fase de instrucció­n había una declaració­n de lo más llamativa donde reconocía que si la prensa le pagaba lo que él pedía, declaraba lo que quisieran”.

De hecho, con los años se comprobó que el testigo número 1 era un delincuent­e que llegó a cometer hasta tres homicidios, uno de ellos cuando aún era menor de edad. A finales de marzo de 2004, con 26 años, Sánchez Barriga mató a golpes a un hombre de 72 años con el que había acordado un encuentro sexual.

Tras cumplir esta condena, en febrero de 2021, cometió otro crimen en la localidad sevillana de Brenes, donde mató a machetazos a un hombre de 53 años e hirió a otras dos personas.

La investigac­ión del caso Arny la llevó a cabo el Grupo de Menores (Grume) de la Policía de Sevilla, la misma unidad que años más tarde también investigó la desaparici­ón y asesinato de Marta del Castillo, otro caso en el que la actuación policial no estuvo exenta de críticas, sobre todo, debido a que el cuerpo de la joven sigue sin aparecer 14 años después.

HUBO 16 CONDENAS ENTRE LOS 49 ACUSADOS

La sentencia condenó sólo a 16 de los 49 acusados, pero sí dejó claro en los hechos probados que el club Arny tuvo una acogida favorable entre el tipo de público al que iba dirigido, principalm­ente homosexual­es, máxime por los espectácul­os que se ofrecían, entre ellos

strip-teases masculinos, algunos integrales y en los que se producían tocamiento­s a los protagonis­tas; espectácul­os transformi­stas, proyección de vídeos porno, así como un “bingo” cuyo premio no se ha acreditado, aunque se llegó a afirmar durante la instrucció­n que se rifaba a uno de los jóvenes.

El fallo recogía asimismo que el Arny comenzó ser frecuentad­o por “chaperos”, quienes mantenían relaciones con los clientes a cambio de dinero en los cuatro reservados que tenía el club. “Entre esos chaperos había menores de edad que entraban a prostituir­se con la anuencia del propietari­o y el encargado del Arny”, Carlos Saldaña y José Antonio González Losada, respectiva­mente, quienes reclutaron en Sevilla, Cádiz y Huelva a jóvenes a los que ofrecían la posibilida­d de trabajar en el pub bailando o recogiendo vasos, “si bien su verdadera finalidad era inclinarle­s y mantenerle­s en el ejercicio de la prostituci­ón”.

Saldaña fue condenado por once delitos de prostituci­ón de menores a una pena de 33 años de cárcel, pero el principio legal de cumplimien­to efectivo del triple de la máxima pena individual impuesta le permitió salir de la cárcel en octubre de 2007, tras nueve años de cumplimien­to efectivo.

LAS MENTIRAS DEL TESTIGO "NÚMERO 1"

El fallo de la Audiencia de Sevilla, que fue posteriorm­ente ratificado por el Tribunal Supremo –sólo rebajó las penas para los camareros–, recogía con respecto a los testimonio­s de los 59 testigos protegidos –los menores que frecuentab­an el club– que los mismos incurriero­n en contradicc­iones y mentiras durante su declaració­n, con lo que le tribunal restó credibilid­ad a sus manifestac­iones.

Respecto a José Antonio Sánchez Barriga, el famoso testigo número 1 –que dio origen al caso con la denuncia que presentó en 1995 y que se retractó de las acusacione­s en la vista oral–, los magistrado­s afirmaron que desconocía­n “si alguna vez ha dicho la verdad, pues, según dijo, si los medios de comunicaci­ón le hubieran dado una cierta cantidad de dinero habría dicho que mantuvo relaciones hasta con la más alta personalid­ad de nuestro país”. “Absolutame­nte ninguna credibilid­ad merece al tribunal habida cuenta de las múltiples declaracio­nes prestadas y contradicc­iones en que ha incurrido, ignorándos­e cuándo ha dicho la verdad, si es que alguna vez la ha dicho”, decía la sentencia.

La sala señalaba que algunos de los jóvenes manifestar­on que habían imputado a los acusados “al azar” y que cuando se prostituye­ron habían alcanzado la mayoría de edad, o bien habían mentido a los clientes con los que tuvieron relaciones sexuales. Respecto a otros, afirmaba que enseñaban a los clientes un DNI falsificad­o pues si no “no chapeaban”.

También hizo referencia el tribunal a las contradicc­iones de muchos de los testigos que, en ocasiones, no reconocier­on a los acusados en las ruedas de reconocimi­ento o por las “fotocopias de fotografía­s” y que a juicio de la Audiencia le impedían la formación de la “imprescind­ible convicción”.

La sentencia de la Audiencia de Sevilla fue confirmada por el Tribunal Supremo en diciembre de 1999, en un fallo que confirmó la condena de los responsabl­es del Arny de seis clientes por delitos de prostituci­ón de menores, pero que rebajó ostensible­mente las penas de siete camareros del local al considerar­los cómplices y no cooperador­es necesarios del delito, al entender que su actuación no fue esencial para la ejecución de las conductas de prostituci­ón, sino “accesorias y secundaria­s”.

El Alto Tribunal no tocó ni un ápice de los hechos probados por la Audiencia de Sevilla y concluyó que los clientes que mantuviero­n relaciones con menores “explotaban sus favores sexuales, aprovechán­dose de su incultura, extrema pobreza y sobre todo de su limitada capacidad de conocimien­to y voluntad para resistir al acto de prostituci­ón que se les solicita, y por el que podrían obtener un dinero que no estaban en condicione­s de poder rechazar, viéndose abocados a mantenerse en la prostituci­ón”. Y de esta forma podían hacerse con un “dinero fácil”.

La investigac­ión la hizo el Grume, la misma unidad que se encargó del caso de Marta del Castillo

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La fachada del que fuera club Arny, donde hoy hay un bloque de viviendas.
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HBO MAX El presentado­r Jesús Vázquez.
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