Diario de Cadiz

Diez años y medio de cárcel por abusar de la hija menor de un amigo en Almería

● Aprovechó las facilidade­s que le daba la amistad con el progenitor para acercarse a la niña

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El Tribunal Supremo confirmó la condena a diez años y seis meses de prisión a un hombre que abusó sexualment­e en varias ocasiones de la hija de nueve años de un amigo, aprovechan­do que era “frecuente” que “pudiese quedarse a solas” con ella.

La sala desestimó el recurso de casación de la defensa y ratifica el fallo que, al margen de la pena privativa de libertad, le impuso libertad vigilada por periodo de diez años y alejamient­o a más de 200 metros durante otros diez años, así como el pago de una indemnizac­ión de 20.000 euros por los daños morales causados.

La sentencia remarca la “credibilid­ad” en el relato de hechos de la víctima y descarta que se trate de un “relato inventado”, al tiempo que subraya que mantuvo durante dos años y medio, hasta la celebració­n del juicio, “la misma versión con detalles suficiente­s siempre sobre los diferentes episodios de abuso”. Señala el alto tribunal que no tenía “motivos para perjudicar al acusado”, amigo de su padre “con quien mantenía una buena relación”, y considera que la forma en la que “afloraron” los hechos apuntala la verosimili­tud “ya que lo contó a una compañera de clase, quien, a su vez, se lo contó a un profesor y este, a la directora del centro”.

Al hilo de esto, estima adecuada la cuantía de la indemnizac­ión cuestionad­a por la defensa dado que la víctima tenía nueve años, que “los abusos fueron plurales” y que “se vio obligada a participar en prácticas sexuales impropias de su edad” por parte de un hombre que “se aprovechó

La sentencia remarca la “credibilid­ad” en el relato de hechos de la víctima del abuso

evidenteme­nte de las facilidade­s que le daba la amistad con el progenitor para acercarse a la niña”.

Sobre si procede revisar el fallo de acuerdo a la ley del ‘solo sí es sí’, el Supremo indica que la Audiencia Provincial de Almería le condenó a la pena mínima por un delito continuado de abuso sexual con penetració­n a menor de 16 años, y destaca que, con la nueva ley, su conducta “encajaría de plano en un delito de agresión sexual con la agravante de continuida­d delictiva, lo que le colocaría ante una pena mínima de 12 años y seis meses de prisión”.

Según recogen los hechos probados, el hombre acudía de manera “frecuente” al domicilio familiar de la niña y fue llevando a cabo un “acercamien­to con ella cada vez más íntimo”.

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D.A. Audiencia provincial de Almería.

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