Diario de Cadiz

Condenados por atropellar con una carretilla a una limpiadora

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Una jueza de Almería ha condenado al presidente de una empresa y a uno de sus trabajador­es por el atropello sufrido por una limpiadora que fue arrollada por una carretilla debido a la falta de medidas de prevención, lo que provocó que tuviera que ser operada por las lesiones sufridas en una pierna.

La sentencia, señala que la víctima fue atropellad­a el 27 de junio de 2018 por una carretilla automotora conducida por el trabajador acusado cuando trabajaba en una sociedad agrícola de transforma­ción (SAT) de Cuevas del Almanzora (Almería), para la que la mujer realizaba labores de limpieza en la zona del local en la que se descargan los ‘boxes’ del campo y se almacenan los vacíos. La perjudicad­a cayó de rodillas y fue arrastrada por la carretilla un par de metros, lo que provocó que se fracturase la tibia y el peroné de la pierna izquierda.

Según el fallo, el accidente se produjo porque éste acusado no respetó las “normas básicas de utilizació­n” de la máquina, ya que “conducía negligente­mente la carretilla automotora hacia adelante, cuando debía hacerlo hacia atrás, con una carga excesiva de ‘boxes’ que le impedía tener suficiente visión, cuando éstos debían haber estado por debajo de la línea de visión.

Añade que el siniestro se produjo también porque el segundo acusado, presidente de la SAT y “máximo responsabl­e en materia de seguridad” de la empresa, no adoptó las medidas de seguridad necesarias.

El fallo incide en que la víctima precisó de una primera asistencia facultativ­a, intervenci­ón quirúrgica consistent­e en osteosínte­sis de placa con tornillos y rehabilita­ción, así como que precisó de 342 días para su curación, todos ellos de incapacida­d para el desarrollo de sus actividade­s habituales.

Por estos hechos, el presidente de la SAT ha sido condenado por un delito contra los derechos de los trabajador­es y otro de lesiones por imprudenci­a, en los que concurre la atenuante de dilaciones indebidas, a tres meses de prisión y el pago de una multa de cuatro meses, a razón de nueve euros al día.

El conductor de la carretilla ha sido condenado al pago de una multa de cuatro meses, a razón de seis euros al día, por un delito de lesiones por imprudenci­a, en el que también concurre la atenuante de dilaciones indebidas.

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