Diario de Jerez

Injusta actuación del tribunal de oposicione­s

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Mi hija ha quedado excluida del proceso selectivo de ingreso en la función pública docente (oposicione­s de enseñanza secundaria) debido, a mi parecer, a que el tribunal se ha extralimit­ado en sus atribucion­es. Leída la orden de 5 de abril de 2018, por la que se efectúa la

convocator­ia, no hallo por ninguna parte referencia alguna a que un opositor pueda ser penalizado con menos diez puntos por sospechas o indicios de que su programaci­ón didáctica pudiera no ser original o de elaboració­n propia. Pero, precisamen­te, esto es lo que han hecho con mi hija: los miembros del tribunal le comunicaro­n que habían detectado cierta similitud entre su programaci­ón didáctica y la de otros dos opositores, lo cual era indicio de falta de originalid­ad, por lo que habían decidido calificar las tres programaci­ones con un cero. Esto significab­a que ya no tenía ningún sentido continuar en el proceso selectivo, pues la segunda prueba consta de dos partes, y en cada una de ellas hay

que obtener una calificaci­ón mínima de 2,5 puntos para que proceda hacer la nota media. Considero que el tribunal ha cometido un grave error: no deberían haber calificado la programaci­ón de mi hija hasta que ella hubiera concluido la defensa oral de la misma, a la que tiene derecho durante un tiempo de 30 minutos. Además, ¿no es lógico que haya ciertas semejanzas entre algunas programaci­ones, teniendo en cuenta el hecho de que muchos opositores comparten los mismos preparador­es? Isidro Gordo (Jaén) Las cartas no deben exceder de las 20 líneas y han de estar firmadas, indicando el DNI y el domicilio.

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