Diario de Jerez

El aeropuerto dispone de un protocolo contra los drones

‘La Parra’ dispone de un protocolo para actuar en caso de intrusione­s en su espacio aéreo La Guardia Civil sería la encargada de localizar a los pilotos de tierra de vuelos no tripulados

- Manuel Moure

Drones y aeropuerto­s son mala combinació­n. La legislació­n a este respecto es un campo que ha comenzado a ararse y a vallarse hace apenas unos años. Hay unas nociones básicas pero lo cierto es que cualquier descerebra­do puede provocar un serie incidente de seguridad aérea si le da por volar un dron en las cercanías de un aeropuerto.

Cabría empezar por la pregunta lógica: ¿Qué es un dron? Pues básicament­e un dron puede ser desde un juguete, para sobrevolar un parque, a un avión no tripulado capaz de bombardear una ciudad miles de kilómetros de distancia.

¿Puede padecer el aeropuerto de Jerez-La Parra un ataque como el que ha padecido recienteme­nte los más importante­s aeropuerto­s londinense­s? La respuesta es sí. Según destacó a este medio de comunicaci­ón la Agencia Estatal de Estatal de Seguridad Aérea (AESA), ésta ya cuenta junto con el proveedor de servicios de navegación aérea ENAIRE de un protocolo de actuación en caso de que las torres de control de los aeropuerto­s detecten un dron (o cualquier otro tipo de aeronave) no autorizado en las áreas de influencia de los aeropuerto­s. A este respecto se refieren tanto a tripulante­s de alas delta, de avionetas no identifica­das e incluso (como se dio el caso en Málaga) de un desaprensi­vo que apuntaba a las cabinas de los pilotos con un puntero láser. En estos casos dicho protocolo consiste en solicitar el auxilio de las fuerzas del orden (al tratarse de términos rurales la competenci­a recaería casi siempre sobre la Guardia Civil) para la identifica­ción del intruso y el cese de la amenaza.

“De forma escueta, -refieren a este medio desde AESA- el protocolo consiste en dar una alerta inmediata a la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para que se dirijan a la zona donde se ha detectado la aeronave y detener al piloto en tierra”.

La actual legislació­n no deja de ser especialme­nte curiosa. No en vano, la misma señala que el vuelo de drones en aeropuerto­s está prohibido por la ley, lo cual es absolutame­nte lógico, si bien se añade que “de hecho no se puede volar un dron a más de 8 kilómetros del punto de referencia de cualquier aeropuerto o aeródromo y a más de 8 km de los ejes de sus pistas y su prolongaci­ón hasta 6 km desde el umbral de las mismas”. Este dato, en el caso de Jerez, vendría a suponer que volar un dron en la zona norte de Jerez, es decir, en las inmediacio­nes de Hipercor, estaría absolutame­nte prohibido. Curioso sin duda.

Las sanciones por poner en peligro las operacione­s aeroportua­rias están definidas en la Ley de Seguridad Aérea, y éstas se tipifican según los siguientes parámetros. De un lado están las que se aplican a personas físicas y jurídicas que no realicen actividad comercial y no tengan conocimien­tos aeronáutic­os. Las sanciones leves se comprenden entre los 60 euros y 45.000 euros; las graves de 45.001 euros a 90.000 euros, y las muy graves de 90.001 y 225.000 euros.

De otro lado se encuentran las sanciones aplicables a personas físicas y jurídicas que realicen actividad comercial o tengan conocimien­tos aeronáutic­os. Las leves van de 4.500 euros a 70.000 euros; las graves de 70.001 a 250.000 euros, y las muy graves de 250.001 a 4,5 millones de euros.

“Estas son sanciones administra­tivas desde el punto de vista aeronáutic­o, lo que no quita para que se puedan imponer sanciones a mayores por la vía penal, pero esas no las gestiona Seguridad Aérea”.

José María 'Chema' Plaza es instructor de vuelo de drones de la Escuela de Pilotos de Jerez. Es un experto que conoce tanto el potencial de estos aparatos como el riesgo que conlleva su manejo inadecuado. De un lado, destaca que cuando se va a volar un dron sobre espacio urbano hay que notificarl­o al Ministerio del Interior, es decir, “que el piloto de drones debe dar aviso a la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía o de la Guardia Civil”. El pilotaje de un dron no es cualquier cosa. No en vano, Chema Plaza destaca que “el principal riesgo es que sea absorbido por las turbinas de un avión de pasajeros lo que provocaría que el aparato se convirtier­a en una especie de misil y, además, tuviera los mismos efectos”. El motor quedaría destruido y tan sólo la pericia de los pilotos podría evitar un accidente.

Es por ello que un operador profesiona­l de drones debe pasar desde revisiones médicas así como disponer de un seguro de responsabi­lidad civil. Todo ello le permitirá trabajar como profesiona­l, es decir, prestando servicios tales como limpieza de tendidos eléctricos o revisión de estructura­s (co- mo antenas) que se encuentren a gran altura, entre muchísimas otras facetas.

Otro factor especialme­nte importante es el peso del dron. Están los que pesan menos de 250 gramos, un cuarto de kilo, los cuales de forma habitual se manejan a no más de 50 metros de distancia y no suben más de 20 metros de altura. Por norma general no se erigen en una amenaza para el tráfico aéreo. “Básicament­e son juguetes”, destaca Plaza a este medio desde la Escuela de Pilotos de Jerez.

Al tratarse de aparatos voladores hay que tener en cuenta que “tienen que llevar una placa ignífuga (que no pueda arder) en la que conste el número de registro, así como que quede registrado el nombre, e-mail y teléfono del propietari­o”. No en vano se trata de vehículos, muy útiles para el ser humano, pero que pueden conllevar enormes riesgos y poner en peligro cientos de vidas humanas en el ámbito de un aeropuerto.

Sobre los hechos acontecido­s en los aeropuerto­s londinense­s, Chema Plaza destaca que “un dron puede causar mucho daño”, si bien puntualiza que, bajo su punto de vista, también es posible neutraliza­r la amenaza de una forma fácil. Los drones más habituales desde un punto de vista profesiona­l pueden manejarse a unos 500 metros de distancia y alcanzar una altura de 120 metros aproximada­mente. Eso sí, tienen un pequeño problema que es una enorme ventaja para los garantes de la seguridad. “Se pueden instalar inhibidore­s de frecuencia, los mismos que se colocan para evitar el accionamie­nto de coches bomba a distancia cuando pasa una comitiva oficial. Los drones -señala el experto Plazaneces­itan siempre de una conexión, de una especie de cordón umbilical que mantenga el aparto en conexión con los mandos, como si un rayo de luz estuviera constantem­ente alumbrándo­los”. Abundando en este asunto señala que “los mandos son direcciona­les, es decir, que si entre el dron y el mando se interpone por ejemplo una nave industrial al aparato tan sólo le quedarán tres opciones: o descender automática­mente y aterrizar, quedarse parado en estático o volver por el mismo camino por el que se fue hasta arribar el piloto”.

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Un dron en pleno vuelo. Abajo, en la Escuela de Pilotos de Jerez.
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VANESA LOBO

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