Ratifican la condena a una mujer de Córdoba que abusó de su hijo
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de 11 años y medio de cárcel a una mujer acusada de un delito continuado de abusos sexuales sobre un menor, en relación con otro de pornografía infantil. La pena incluye una inhabilitación especial de la mujer para ejercer el derecho de patria potestad y tutela durante cinco años después abusar de su hijo de seis años en la localidad cordobesa de Baena, inducida por el varón con el que mantenía una relación.
El hombre, además, ha sido condenado a otros 11 años de prisión como autor por inducción de dicho delito, al tiempo que les imponen a ambos las prohibiciones de comunicación por cualquier medio con la víctima de los abusos y de aproximación, a su domicilio o a cualquier lugar donde se encuentre a una distancia no inferior a 500 metros durante un periodo superior en cinco
El Supremo confirma una pena a la pareja de la condenada por inducirla al delito
años a la duración de la pena privativa de libertad.
El Alto Tribunal desestima los recursos interpuestos por los condenados contra la sentencia de la Audiencia de Córdoba, de manera que se precisa que “la versión inicial de la acusada, reconociendo los hechos en tres declaraciones”, junto con “la efectiva realización de los actos sexuales y su posterior grabación”, con “los rastros de esa grabación existentes” en el teléfono móvil de él, son “pruebas concluyentes para acreditar la ejecución de abusos sexuales, así como su grabación en vídeo”.
Las pruebas “acreditan también que él indujo de forma eficaz a ella a realizar los actos que han motivado la condena de ambos”, a lo que se añade que los hechos “evidencian una influencia” en la mujer “determinante para la ejecución de los delitos”.
La sentencia subraya que “una influencia anterior a la comisión del delito fue lo suficientemente intensa como para vencer la inicial resistencia de la mujer y para que ejecutara unos delitos que no tenía intención de llevar a cabo”.