El TS avala pactar que baje la cláusula suelo pero sin impedir pleitear
El Tribunal Supremo (TS) ha avalado los acuerdos entre varios clientes y su entidad para reducir la cláusula suelo que contenía su hipoteca, si bien declaró nula la renuncia a emprender acciones legales que contenían los documentos al valorar que “abarca cuestiones ajenas” a las pactadas.
En dos sentencias conocidas ayer, la Sala de lo Civil sostiene que los respectivos acuerdos, a excepción de la cláusula de renuncia, cumplían con los requisitos de transparencia, entre otros motivos porque cuando se firmaron ya existía un “conocimiento generalizado” de la posible nulidad de las cláusulas suelo.
Recuerda que el 9 de mayo de 2013, el propio Supremo declaró la nulidad de estas cláusulas de haber falta de transparencia, y obligó a los bancos a advertir expresamente a sus clientes de que si firmaban una hipoteca de estas características no podrían
Tampoco considera abusivo el uso del IRPH en la hipoteca de una VPO
beneficiarse de ciertas bajadas del euríbor.
Por otro lado, en otra sentencia rechaza declarar nula la cláusula de un préstamo hipotecario referenciado al IRPH de una vivienda de protección oficial (VPO), al entender que este índice es válido y fue revisado periódicamente desde 2005 por acuerdos del Consejo de Ministros publicados en el BOE.
El pleno de la Sala de lo Civil rechazó por unanimidad el recurso del comprador de una vivienda de una VPO en Badajoz, que tras subrogarse el préstamo con Liberbank solicitó la nulidad del IRPH al considerar que no cumplía los parámetros del control de transparencia.
El cliente alegaba en sus recursos –rechazados en primera y segunda instancia– que no se le informó de la posibilidad de obtener una financiación distinta a la contratada, a lo que el Supremo responde que la transparencia no incluye “que la entidad bancaria tenga una obligación de asesoramiento sobre las distintas posibilidades de financiación”.