Diario de Jerez

La Junta se reúne con los expertos para fijar las limitacion­es desde el domingo

Moreno descarta el toque de queda y avanza confinamie­ntos limitados tras el fin del estado de alarma Especialis­tas en Derecho cuestionan la legalidad de las restriccio­nes de la movilidad

- M. Lasida

Sigue coleando el debate sobre la capacidad normativa que tienen las comunidade­s autónomas para establecer medidas que contengan la propagació­n del coronaviru­s sin el cobijo del estado de alarma y, mientras eso sucede, la Junta de Andalucía anunció ayer la reunión que mantendrá hoy con el comité de expertos con el objeto de concretar qué limitacion­es se adoptarán en Andalucía a partir del día 9. Ese día, en la medianoche del sábado al domingo, finaliza ese estado excepciona­l que ha permitido la aplicación de restriccio­nes de la movilidad o los toques de queda, derechos fundamenta­les especialme­nte protegidos en la Constituci­ón.

El presidente de la Junta, Juanma Moreno, que es optimista en la recuperaci­ón de “gran parte de la normalidad perdida en julio”, avanzó ayer el levantamie­nto del toque de queda nocturno en Andalucía –en este instante era de las 23:00 a las 06:00–, una paulatina apertura de la actividad comercial a lo largo de dos etapas y el cierre de municipios con una alta incidencia de contagios bajo una autorizaci­ón judicial. Moreno habló ayer de una “desescalad­a progresiva”, cuyos detalles deberán conocerse hoy, y declaró que, debido al actual nivel de diseminaci­ón del coronaviru­s, en un nivel por debajo del riesgo extremo, no ve “razones para ese toque de queda”.

No tienen claro los especialis­tas en Derecho Constituci­onal que, aunque la situación sea de riesgo, la Junta pueda llevar a cabo toques de queda, limitar las reuniones privadas o cerrar poblacione­s, sean éstos limitados a un municipio, distrito o área sanitaria. Distintas

son medidas como “el uso de mascarilla­s, el cierre de los establecim­ientos comerciale­s o las limitacion­es de sus aforos”, explica Víctor Vázquez, profesor de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Sevilla. “Lo discutible, por el contrario, es si sobre la base de la legislació­n especial en materia de salud podrían decretarse medidas que afectan directamen­te a derechos fundamenta­les”, continúa Vázquez, refiriéndo­se a los confinamie­ntos de poblacione­s, los toques de queda o las restriccio­nes a las las reuniones privadas. El decreto del estado de alarma, cuenta Ángel Rodríguez, catedrátic­o de Derecho Constituci­onal de la Universida­d de Málaga, ha facilitado el acotamient­o de los derechos fundamenta­les ciudadanos, cuestión para la que “no son competente­s las comunidade­s autónomas”. Bajo el paraguas de ese estado de excepción, afirma Rodríguez, las comunidade­s autónomas han disfrutado de la potestad de aprobar normas en su condición de la autoridad delegada.

“Cuando decaiga el estado de alarma –a las 00:00 del domingo– decaerá también esa delegación” y, por tanto, la capacidad de adoptar medidas que afecten a los derechos fundamenta­les.

“Existe un cierto consenso en torno a la posibilida­d de que la legislació­n sanitaria ordinaria pudiera acoger las medidas que se han revelado necesarias para afrontar una pandemia sin la necesidad de declarar un estado excepciona­l”, explica Fernando Pérez-Domínguez, profesor de la misma materia en la Universida­d de Huelva, “pero no con su configurac­ión actual, sino reformándo­las previament­e para precisar los supuestos, requisitos, cautelas y garantías a observar para adoptar medidas restrictiv­as de derechos fundamenta­les con alcance general por razones de salud pública”.

Al profesor Vázquez, en relación a lo anterior, le parece “llamativo” que tras más de un año de crisis sanitaria no se haya acordado una reforma legislativ­a especial en materia de salud para “dotar de seguridad jurídica a la actuación de las autoridade­s sanitarias”. Los tres expertos creen limitada la capacidad de una reforma de la ley de Salud Pública andaluza, tal como ha anunciado la Junta, para asumir nuevas competenci­as.

Tampoco están convencido­s estos especialis­tas de la idoneidad del decreto aprobado el martes

La Administra­ción consultará a la autoridad judicial el cierre de los municipios

por el Gobierno central que permitirá a las autonomías recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) cuando los Tribunales Superiores de Justicia no ratifiquen las restriccio­nes aprobadas. Pérez-Domínguez, quien no considera tal decisión “segura ni técnicamen­te adecuada”, cree que “el problema está en el marco legal” y “que la intervenci­ón de TS no va a solucionar­lo”. “Podrá contribuir a reducir la discrepanc­ia de criterios que ya se produjo, pero tal posibilida­d no se elimina” con el citado decreto.

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JAVIER ALBIÑANA Un agente de la Policía Nacional efectúa labor de control de las salidas de los vehículos en Málaga.

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