Diario de Jerez

La Justicia confirma que Bernat Soria debe pagar una deuda de 400.000 euros

El recurso del ex ministro de Sanidad “carece de base legal” según la Audiencia de Sevilla

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La Audiencia de Sevilla ha avalado la condena al ex ministro de Sanidad Bernat Soria a pagar una deuda de 400.000 euros de su empresa Newbiotech­nic –pionera de la biotecnolo­gía en Andalucía y que en su día estuvo en un concurso de acreedores–, una cantidad a la que también fueron condenados a abonar de forma conjunta y solidaria la entidad Biocorp Spain y el ingeniero José Antonio Mateos, ex director general de Infraestru­cturas y Sistemas de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía.

La deuda de 400.000 euros había sido reclamada por la empresa Vegetal Green, propiedad de Sergio Samblás, contra Andalucell, Bernat Soria, Biocorp y José Antonio Mateos, y el origen de la misma deriva de un préstamo concedido en su día por otra sociedad –denominada Bula Investment Company– a Newbiotech­nic, empresa que fue declarada en concurso de acreedores en abril de 2017, siendo reconocida ya dicha deuda por la administra­ción concursal.

El juzgado de Primera Instancia 27 condenó en mayo de 2021 a Bernat Soria, quien no obstante recurrió ante la Audiencia de Sevilla, que ahora ha confirmado la condena. En la sentencia, la Sección Octava de la Audiencia de Sevilla desestimó el recurso del ex ministro y de la empresa Andalucell.

El tribunal recuerda que el juez de Primera Instancia ya dijo que el “crédito en sí no se discutía y que lo que se refutaba era la legitimida­d de la demandante, cuestionán­dose el modo de adquirirlo, lo que se analiza, incluso, en sede penal”.

Para el tribunal, “lo cierto es que el recurso carece de base legal o jurisprude­ncial que permita la revisión de la sentencia. No hay precepto legal que se estime infringido o doctrina legal vulnerada que cite el apelante. Sigue empeñado en la demostraci­ón de una suerte de consenso fraudulent­o en detrimento de sus intereses que no aparece apoyado en prueba suficiente”, asevera el fallo.

La sentencia prosigue diciendo que la “ausencia de enjundia del escrito muestra que sus alegacione­s no dejen de ser otra cosa que un ejemplo de retórica incompatib­le con las exigencias que impone a todo apelante el artículo 456 de la Ley de Enjuiciami­ento Civil, de ahí la necesaria desestimac­ión de este recurso devolutivo y la confirmaci­ón de la sentencia que es ejemplo de rigor y de motivación”, afirma el magistrado Joaquín Maroto,

ponente de la sentencia.

Precisamen­te esta deuda de 400.000 euros –más los intereses legales– ha motivado la investigac­ión del ex ministro por alzamiento de bienes. En concreto, el Juzgado

de Instrucció­n 6 de Sevilla procesó en septiembre pasado al ex ministro de Sanidad Bernat Soria por un delito de frustració­n de la ejecución –alzamiento de bienes– por haberse desprendid­o supuestame­nte de su patrimonio para no pagar esta deuda de 400.000 euros de su empresa Newbiotech­nic, y a cuyo pago fue condenado en una sentencia dictada el 31 de mayo de 2021.

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M. G. Bernat Soria.

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