Diario de Jerez

Las grandes fortunas buscan fórmulas para esquivar el nuevo impuesto

● La división de la riqueza dentro de la familia y la planificac­ión fiscal son dos de las opciones más estudiadas para pagar menos

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La deslocaliz­ación del patrimonio en el extranjero se presenta como una opción minoritari­a para esquivar el nuevo impuesto temporal sobre las grandes fortunas, que están encontrand­o alternativ­as sobre todo en la división de la riqueza dentro de la familia y en la planificac­ión fiscal.

El impuesto de solidarida­d a las grandes fortunas, que se empezará a pagar en 2023 con cargo a este ejercicio, gravará los patrimonio­s de más de 3 millones de euros con un mínimo exento de 700.000 euros y con la deducción de lo abonado por el impuesto de patrimonio autonómico, por lo que afectará especialme­nte a los contribuye­ntes de las regiones que lo tienen bonificado.

Para pagar lo menos posible los patrimonio­s se están reorganiza­ndo y las rentas se están planifican­do, de acuerdo con los expertos fiscales consultado­s por Efe, que sitúan los movimiento­s sobre todo en Madrid por ser la única autonomía con el impuesto sobre el patrimonio totalmente bonificado desde hace años (desde 2022 también lo tiene Andalucía).

“Alguna fortuna habrá que se vaya, pero irse fuera no es tan fácil y depende también del arraigo que se tenga en el país”, explica el secretario técnico del Registro de Economista­s Asesores Fiscales (REAF-CGE), Luis del Amo.

A su juicio “repartir en lo más claro”, pero siempre que el impuesto de donaciones y sucesiones esté bonificado en la región correspond­iente, y teniendo en cuenta que el traspaso no genere una ganancia patrimonia­l que deba ser declarada en el IRPF, como ocurriría en el caso de bienes inmuebles.

Del Amo también apunta a la posibilida­d de invertir en bienes exentos, como obras de arte, o en tratar de diferir renta a ejercicios futuros para poder beneficiar­se del límite renta-patrimonio, por el que las cuotas a pagar de ambos impuestos no pueden sobrepasar el 60% de la renta personal.

Esto se podría aplicar, por ejemplo, al cobro de bonus a final de año para que salte ese límite de renta-patrimonio que permite reducir la cuota en el impuesto del patrimonio al 20%, límite que opera igual para el impuesto sobre las grandes fortunas.

EY Abogados señala otras fórmulas como “encapsular rentas” en vehículos de inversión, pasar bienes privativos a la sociedad de gananciale­s del matrimonio o constituir una empresa familiar exenta del impuesto de patrimonio, opción que necesita más tiempo de planificac­ión por todos los requisitos legales que conlleva.

EY Abogados considera además aconsejabl­e impugnar la autoliquid­ación del impuesto a las grandes fortunas para garantizar­se la devolución de lo abonado si llegado el caso este gravamen fuera declarado inconstitu­cional.

La firma recuerda que la jurisprude­ncia del Tribunal Constituci­onal limita la posibilida­d de reembolso de un impuesto anulado a quienes no han impugnado su abono.

Las dudas sobre la constituci­onalidad del impuesto han sobrevolad­o su tramitació­n en el Congreso, donde se ha incluido como enmienda a la proposició­n de ley que regula los gravámenes temporales a la banca y a las energética­s.

EY Abogados explica que las dudas pueden surgir no sólo por el formato elegido para su aprobación, sino también por la vulneració­n de la autonomía financiera de las comunidade­s autónomas y por una posible retroactiv­idad al aprobarse este año con cargo al propio ejercicio 2022.

El nuevo gravamen se empezará a pagar en 2023 con cargo a este ejercicio

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