Diario de Noticias (Spain)

El Supremo anula el cese de profesores interinos en verano

Sentencia que trunca la relación laboral cuando aún no han concluido su trabajo

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El Tribunal declara nulo despedir en junio a los profesores interinos de centros no universita­rios que son contratado­s en septiembre y no se les paga julio y agosto.

MADRID – La Sala de lo Contencios­oadministr­ativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo de pleno derecho el cese el 30 de junio de los profesores interinos de centros no universita­rios que son contratado­s en septiembre para ejercer durante todo el curso escolar, sin pagarles los meses de julio y agosto.

De este modo, el tribunal estima el recurso de casación planteado por la Asociación de Interinos Docentes de la Región de Murcia, junto a 74 profesores interinos no universita­rios que se encontraba­n en esta situación, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Murcia que consideró ajustado a derecho un acuerdo del Gobierno de la Región de Murcia de 2012.

En su recurso, estos profesores ale- gaban que la sentencia recurrida establecía una diferencia de trato arbitraria entre funcionari­os interinos y de carrera, puesto que ante un mismo trabajo –curso escolar– unos no cobran las retribucio­nes correspond­ientes a los meses de julio y agosto, pero otros sí.

Para el tribunal, la relación laboral entre el funcionari­o docente interino y la administra­ción educativa “queda truncada” con el cese obligatori­o que impuso el Gobierno de Murcia para estos profesores, marcado “como máximo el 30 de junio de cada año”. Un cese que se produce, a diferencia de lo que ocurre para el funcionari­o de carrera, “cuando aún no han concluido las funciones, cometidos y actividade­s que son propias”.

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Foto: Javier Bergasa Protesta de profesores interinos de Infantil y Primaria en Pamplona.

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