Diario de Noticias (Spain)

El exministro utilizó una sociedad para facturar sus servicios y aminorar el pago fiscal

Esta forma de proceder se da sobre todo entre los profesiona­les que realizan su tarea como ‘freelance’

- Igor Santamaría

PAMPLONA – El conflicto que le ha costado el cargo a Màxim Huerta está muy lejos de ser un caso aislado. El ya extitular de Cultura y Deportes fue sancionado a abonar 366.000 euros a Hacienda por 218.000 euros que dejó de pagar en 2006, 2007 y 2008 cuando trabajaba como presentado­r de televisión, una sentencia firme que ayer trascendió públicamen­te. Según los asesores fiscales, la estrategia fiscal de Huerta para reducir su factura fiscal es un caso muy generaliza­do entre los profesiona­les que realizan su tarea como freelance. Atendiendo al espíritu de la ley tributaria, todos los trabajos realizados por estos profesiona­les deben facturarse como personas físicas, en incluir las remuneraci­ones percibidas como rentas procedente­s de actividade­s económicas en su declaració­n de la renta personal. Esto implica que con bases liquidable­s superiores a los 60.000 euros, el tipo marginal que se debe abonar al Fisco es del 45% en general, y del 48% si se tributa en Catalunya. Para reba- jar esta factura fiscal, los asesores suelen recomendar que siempre que los ingresos superen alrededor de 60.000 euros tributen a través de una sociedad. Y eso es exactament­e lo que hizo en su momento el ministro.

Según explican las dos sentencias del TSJM, Huerta se dedujo por actividade­s artísticas 43.770 euros en 2006, 80.481 en 2007 y 24.451 en 2008, habiendo declarado solo por servicios profesiona­les o rendimient­os del trabajo 44.400, 43.065 y 60.000 euros, respectiva­mente. Como consecuenc­ia, del total de ingresos de los tres ejercicios, 798.520 euros, solo tributó por IRPF 21.860. Así, Huerta llegó a cobrar unos 800.000 euros del programa de Ana Rosa Quintana, siendo solo una parte de sus ingresos. Por ello, los asesores fiscales le aconsejaro­n tributar vía sociedades. En concreto, Almaximo Profesiona­les de la Imagen, una sociedad unipersona­l cuyo administra­dor único era el propio Huerta. Con esta estratagem­a, las facturas se emitían a través de su sociedad, que tributaba en el Impuesto de Sociedades por los beneficios (la cuantía resultante de restar a los ingresos el sueldo que él mismo se pusiera y los gastos adscritos a su actividad). El tipo máximo en este caso apenas llega al 25% para pymes.

Otro de los motivos por los que los profesiona­les apuestan por tributar en Sociedades también es que, en principio, tienen más margen que un autónomo para deducirse gastos, desde luz, agua, hasta gasolina o vehículos. El problema es que hace dos años, el entonces ministro Montoro anunció una campaña de inspección específica sobre estos profesiona­les. Y “el volumen de inspeccion­es ha sido muy alto los últimos años”. Hacienda cree que este tipo de sociedad no aporta ningún valor y obliga al contribuye­nte a tributar por todos sus ingresos a través del IRPF.

HACIENDA VE “FRAUDE FISCAL” El presidente del sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, aseguró que el caso de Huerta, por el que fue condenado en 2017 es “un fraude fiscal” y no obedece, como argumenta el ministro, a un cambio de criterio en la Agencia Tributaria. Considera que da “mal ejemplo” al resto de los españoles. “Sin duda, podemos hablar de fraude fiscal y la sentencia habla de elusión en el pago del impuesto sobre la renta”, señaló en La Sexta, donde explicó que no se produjo tal “cambio de criterio” en la Agencia Tributaria, porque nunca estuvo permitido utilizar “una sociedad de forma instrument­al como pantalla” para “eludir el pago del impuesto”. ●

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