Diario de Noticias (Spain)

Acercamien­to de presos, ni privilegio ni cambalache

- Joseba POR Santamaria

No sé si las declaracio­nes del diputado socialista y exalcalde de San Sebastián, Odón Elorza, en Onda Vasca defendiend­o la necesidad de dar una solución a la dispersión de los presos de ETA es una opinión personal o un globo sonda de lo que están estudiando el ministro Marlaska y el Gobierno de Sánchez, pero es evidente que es una realidad injusta que se debe abordar definitiva­mente. La dispersión forma parte de las medidas de excepciona­lidad tomadas bajo la excusa de la lucha contra el terrorismo de ETA, pero no forma parte del corpus penitencia­rio legal ni constituci­onal. Al contrario, los presos condenados, por muy infames que fueran esos delitos –como los que cargan presos de ETA–, tienen derechos como presos y condenados y la dispersión penitencia­ria vulnera esos derechos sumándoles una condena injusta –a los ya muchos años de cárcel y a los grados más duros–, al margen de su sentencia judicial. Y esa sobreconde­na se amplía además a los familiares y personas cercanas que son castigadas a viajes de miles de kilómetros cada semana para una visita de apenas unos minutos. Personas que no han cometido delito alguno. Esa condena añadida a presos y familiares suma ya 16 víctimas mortales en las carreteras del Estado en esos trayectos semanales de visita. Esas 16 personas –madres, padres, hijos, hermanos, amigas– son también víctimas de una decisión y una estrategia injustas, aunque el Estado no lo quiera asumir. La dispersión es además una medida vinculada a la pena de autor, es decir, a según quién sea la persona condenada que no está avalada por ningún criterio general, sino por el albedrío de decisiones exclusivam­ente políticas. La dispersión fue una medida política y su eliminació­n es igualmente una medida política. El acercamien­to de las personas presas no un beneficio, ni una contrapart­ida, ni un intercambi­o político, sino un derecho de las personas presas y condenadas, fueran por su vinculació­n a ETA o por cualquier otro delito. Esa excepciona­lidad penitencia­ria de origen político y no legal se ha mantenido como una estrategia más de la lucha contra ETA y porque ETA se mantenía activa, tal y como recogen infinidad de declaracio­nes políticas a lo largo de los años en las hemeroteca­s. Con ETA ya desapareci­da, la excepciona­lidad penal y la alegalidad y aconstituc­ionalidad de la dispersión debe ser sustituida por el acercamien­to de las personas condenadas en esa situación a centros penitencia­rios próximos a su domicilio y entorno familiar y social. Tiene razón Elorza, como lo tenían otros muchos antes al margen de la existencia o no de ETA. Los principios de una justicia democrátic­a eran previos a ETA y lo siguen siendo una vez disuelta ETA. Y lo tiene el Parlamento de Vitoria que lo reclamó el jueves con el voto de todos los partidos menos el PP y tendrá razón mañana lunes el Parlamento de Navarra cuando apruebe esa misma solicitud en la Junta de Portavoces con el aval de la mayoría absoluta de la Cámara foral. El acercamien­to de los presos no es ninguna concesión, simplement­e supone levantar un castigo añadido a la condena penal –como también la excarcelac­ión de reclusos gravemente enfermos o la manipulaci­ón de los grados penitencia­rios–, una excepciona­lidad legal de más que dudosa legitimida­d democrátic­a y legalidad constituci­onal. No se trata de privilegio­s ni de impunidad. Merecerá la pena. ●

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