A CONCURSO OTRA VEZ 283 VIVIENDAS PÚBLICAS POR FALTA DE ADECUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
46 equipos presentaron 65 proyectos que han sido rechazados por los técnicos
PAMPLONA – La sociedad pública Nasuvinsa ha solicitado al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra anular la licitación para la construcción de 283 viviendas públicas, que se ofertarán en régimen de alquiler, debido a que las propuestas presentadas a la convocatoria no se ajustaban a las normativas de habitabilidad ni a las municipales de edificabilidad y urbanística. Nasuvinsa volverá a sacar a concurso, previsiblemente en los próximos días, esta promoción que constituye la II Fase de Plan de Vivienda de Alquiler y que proyecta construir las 283 viviendas en Pamplona, Valle de Egüés, Barañáin, Mutilva, Tudela, Estella y Bera.
Con la anulación del concurso que había recibido 17 reclamaciones repartidas entre los 7 lotes de la licitación, Nasuvinsa –tal y como informó ayer en una nota de prensa– opta de facto por desistir del actual concurso que estaba aún en trámite, “con el objeto de evitar la inseguridad jurídica que se cernía sobre su resolución definitiva, dado que durante el procedimiento se comprobó que las propuestas presentadas no se ajustaban a la normativa vigente de habitabilidad y planeamiento urbanístico”.
CONVOCADO EN DICIEMBRE Nasuvinsa convocó un concurso el pasado mes de diciembre para la redacción de los proyectos arquitectónicos de 283 VPO en régimen de alquiler, distribuidos en 7 lotes, para otras tantas localidades de Navarra, entre Pamplona, Valle de Egüés, Barañáin , Mutilva, Tudela, Estella y Bera, habiendo recibido un total de 65 propuestas por parte de 46 equipos licitadores. Durante el procedimiento de adjudicación, los técnicos de Nasuvinsa –en colaboración con el Servicio de Vivienda del Gobierno de Navarra y los ayuntamientos afectados- han comprobado, no obstante, que “todas ellas contienen incumplimientos generalizados del Decreto Foral de Habitabilidad 5/2006, del Código Técnico de Edificación o de la legalidad urbanística de los siete municipios donde se han proyectado las viviendas, lo que hubiera podido dar lugar a la nulidad de los proyectos”, precisa Nasuvinsa.
Con el propósito de aumentar la edificabilidad útil y, en virtud de ello, mejorar la puntuación en el baremo del concurso, las ofertas licitadoras contemplaban propuestas que rebasaban la normativa vigente y, por tanto, su adjudicación hubiera podido anularse. En algunos casos, la superficie útil aumentaba hasta en un 30% sobre el límite normativo. Estos anteproyectos incluían, por ejemplo, elevar una planta más edificios que según normativa no pueden superar planta baja más cuatro alturas o un ascensor en vez de dos para ganar espacio, entre otros incumplimientos.
A la vista de esta circunstancia, y antes de declarar desierto el concurso, los técnicos de Nasuvinsa aplicaron la cláusula duodécima del pliego de condiciones, que establecía que la propia sociedad pública “podrá ajustar las superficies útiles expresadas por los concursantes en el caso de que no se acomoden a la normativa aplicable”, lo que daba lugar a diferente puntuación. Sin embargo, “aunque este mecanismo de revisión ya estaba contemplado en el pliego de condiciones, sin que ningún concursante lo hubiera impugnado, su aplicación dio pie a que los concursantes formalizaran ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos un total de 17 reclamaciones, repartidas entre los 7 lotes de la licitación”, añade.
ANULACIÓN PARA GANAR TIEMPO Para evitar que la resolución de estas reclamaciones “dilaten aún más el procedimiento de adjudicación de los proyectos arquitectónicos de la II fase del Plan de Vivienda de Alquiler, y en aras a garantizar la seguridad jurídica del concurso y de resolverlo de la manera más objetiva y con la mayor celeridad posible, Nasuvinsa ha optado finalmente, y así se lo ha trasladado al Tribunal Administrativo, por allanarse ante aquellas reclamaciones que solicitan la anulación de la convocatoria y realizar una nueva licitación”. De este modo, se da opción a los equipos concursantes a que puedan subsanar en sus propuestas los anteriores incumplimientos normativos. Asimismo, el pliego de condiciones de la nueva convocatoria introducirá las modificaciones necesarias para ajustarse a la nueva Ley Foral 2/2018 de Contratación Pública, en vigor desde el pasado mes de mayo.