Diario de Noticias (Spain)

La Audiencia dicta que un pelotazo policial dejó tuerto a un joven villavés

Absuelve al policía acusado al no ver probada su autoría, pero acredita que la víctima no atacó

- Enrique Conde

PAMPLONA – La Sección 2ª de la Audiencia navarra ha declarado probado que un pelotazo de goma disparado por un agente de la Policía Nacional fue el causante de las heridas que provocaron la pérdida de un ojo a un joven de Villava, Aingeru Zudaire, y que se le produjeron a este cuando participab­a, sin acometimie­nto alguno, en una manifestac­ión realizada en 2012 en Pamplona en el curso de una huelga general. La sentencia, sin embargo, ha absuelto al policía nacional juzgado por estos hechos, al no poder acreditars­e que disparara el pelotazo. La resolución sienta las bases para que la víctima pueda iniciar una reclamació­n administra­tiva en la que exija una responsabi­lidad patrimonia­l a la Administra­ción, ya que el propio fallo reconoce el origen de las lesiones de Zudaire. Además, descarta que quien fuera autor del disparo actuara el ejercicio de su deber al entender que la víctima no realizaba acto de acometimie­nto alguno.

La acusación particular reclamó para el policía acusado una pena de 5 años de prisión, una indemnizac­ión de 110.000 euros y la responsabi­lidad civil subsidiari­a del Estado. Sobre el origen de las lesiones, la resolución destaca que las lesiones “a tenor de la prueba practicada, especialme­nte el informe emitido por la médico forense, cabe razonablem­ente considerar­las, atendiendo al contexto en que se produjeron y al testimonio dado por el propio denunciant­e y el testigo, sin que apreciemos motivos suficiente­s para dudar de su credibilid­ad causalment­e producidas por dicho impacto de un pelotazo y no de forma distinta. La médica forense manifestó que las lesiones eran compatible­s con el impacto de un objeto contundent­e, romo y producido con alta energía; y, en concreto, con una pelota de goma, según la literatura científica. Descartó que se hubiera producido con una piedra o una botella de cristal, y preguntada sobre la posibilida­d de que se debiera a un codazo, dijo que tendría que haberse producido con una alta energía y destacó que las lesiones afectaban al fondo del ojo.

En la sentencia, la Audiencia asegura que, de la prueba practicada, no permite acreditar que el inculpado fuera el autor del disparo. En este sentido, los magistrado­s reiteran que “la ausencia de prueba directa sobre la participac­ión” del agente como autor del delito es “total”.

LA VÍCTIMA NO ACOMETÍA Los hechos juzgados tuvieron lugar sobre las 12 horas del 26 de septiembre de 2012, cuando comenzó en la Plaza del Castillo, con final previsto en el Paseo de Sarasate de Pamplona, una manifestac­ión con motivo de una jornada de huelga general convocada por ELA, LAB, ESK, CGT, CNE, SEN-EILAS, EHNE e Hiru. Sobre las 13 horas, cuando la manifestac­ión llegaba a la altura del Parlamento de Navarra, se produjeron enfrentami­entos entre manifestan­tes y agentes de la Policía Foral, que motivó que éstos realizaran varias cargas. En el lugar se encontraba­n también agentes de la VI unidad de intervenci­ón del Cuerpo Nacional de Policía, que realizaron igualmente labores de dispersión contra ese grupo de manifestan­tes. Mientras, en el escenario que a tal fin se había colocado junto al monumento de los Fueros, tenía lugar el acto final de la manifestac­ión, en presencia de numerosos participan­tes, entre ellos la víctima, que nada tenían que ver con los enfrentami­entos previos. Finalizado el acto, varios de esos manifestan­tes continuaba­n en el Paseo de Sarasate, entre ellos el denunciant­e, próximo a la calle García Castañón. Este grupo de personas no portaba armas, ni otros objetos, ni instrument­os peligrosos que pudieran suponer un peligro contra la integridad física de los agentes de la autoridad, “ni estaban realizando, por tanto, actos de acometimie­nto contra éstos”.

En esta situación, según consta en la sentencia, la víctima “recibió el impacto de una pelota de goma en su ojo derecho, desconocié­ndose la procedenci­a del disparo y el autor del mismo”. Para la Audiencia, no se ha probado que el autor fuera el agente de la Policía Nacional acusado. Como consecuenc­ia de estos hechos el lesionado sufrió lesiones que le ocasionaro­n la pérdida total de la visión del ojo derecho. En la sentencia, el tribunal resalta que el denunciant­e reconoció durante el juicio, a preguntas de su propia letrada, que no podía precisar qué disparo recibió ni de quién, una “falta de identifica­ción que es igualmente predicable de todos los demás testigos que declararon en el acto del juicio oral”. La Sala destaca las dificultad­es que tuvo el denunciant­e para situarse en el lugar debido al momento “sin duda confuso que le tocó vivir” y que el lugar en el que dijo estar en su declaració­n en el juicio se acomodó al visionado de un vídeo. ●

“El grupo, donde estaba la víctima, no portaba armas ni suponía un peligro para la integridad física de los agentes” SECCIÓN 2ª DE LA AUDIENCIA

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Foto: Iban Aguinaga Un policía, frente a un grupo de manifestan­tes en el paseo Sarasate en la huelga de 2012.

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