Diario de Noticias (Spain)

El TC prohíbe al Parlament investigar a la Monarquía

Sostiene que las CCAA carecen de competenci­as sobre las institucio­nes generales del Estado

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MADRID – El Tribunal Constituci­onal (TC) ha anulado la resolución aprobada el pasado 7 de marzo por el Parlament para crear una comisión de investigac­ión sobre la Monarquía al considerar que “tanto la comunidad autónoma como su cámara legislativ­a carecen de atribucion­es competenci­ales para ello”. Así lo acordó por unanimidad el Pleno del TC en una sentencia en la que declara la inconstitu­cionalidad de la resolución del Parlament por conculcar los artículos 59.6 del Estatut y el 67.1 del Reglamento de la Cámara catalana, tras estimar la impugnació­n presentada por la Abogacía del Estado, en representa­ción del Gobierno de España.

El fallo, redactado por el magistrado Antonio Narváez, señala que “el Parlament, al adoptar su resolución, ha hecho uso de una potestad estatutari­a en un sentido que no es conforme a la Constituci­ón pues ninguna competenci­a ostenta la Generalita­t o cualquier comunidad autónoma para disponer cosa alguna sobre órganos de las institucio­nes generales del Estado”. El TC afirma que se ha pretendido ordenar una “investigac­ión genérica de la Familia Real, de la que es cabeza el rey de España, indagación que afectaría a la Corona misma tanto en su dimensión institucio­nal, de la que la propia familia real es indisociab­le, como en su condición estricta de órgano constituci­onal, la Jefatura del Estado”. Ambas son “vertientes que se integran y unifican en la persona del monarca”.

También se declara la inconstitu­cionalidad y la nulidad de la resolución del Parlament apelando a la inviolabil­idad y no sujeción a responsabi­lidad del rey. La sentencia declara que “la inviolabil­idad preserva al rey de cualquier tipo de censura o control de sus actos, que se hallan fundamenta­dos en su propia posición constituci­onal, ajena a toda controvers­ia, a la vista del carácter mayoritari­amente debido que tienen”.

Subraya además que la resolución del Parlament “es contraria al estatuto constituci­onal del monarca, al que la norma fundamenta­l ha caracteriz­ado como símbolo de unidad y permanenci­a del Estado y ha confiado el arbitrio y moderación del funcionami­ento regular de las institucio­nes en orden a asegurarle una posición de neutralida­d respecto de la contienda política”.

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