Diario de Noticias (Spain)

SIGUE EL DAÑO INJUSTO DE LA DESPROPORC­IÓN

El Supremo ha vuelto a rebajar el alcance de las condenas a los jóvenes de Alsasua y ha desestimad­o más agravantes que sirvieron para trasladar el proceso a a Audiencia Nacional, pero insiste en penas que no se ajustan a los hechos probados

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La decisión del Tribunal Supremo de atender de manera muy limitada los recursos de las defensas de los jóvenes de Alsasua y reducir en una mínima parte sus condenas mantiene la desproporc­ión penal de este caso y no corrige los déficits de este proceso judicial exigibles a una justicia garantista y democrátic­a. Y ello pese a que una vez más un tribunal de apelación ha desestimad­o agravantes, ahora de discrimina­ción y de abuso de superiorid­ad, que se imputaron inicialmen­te a los ocho condenados, tres de ellos en prisión desde hace tres años y cuatro desde hace casi dos. En realidad, el fallo del Supremo confirma lo que ha sido este caso desde el principio: un exagerado montaje policial, judicial, mediático y político. Pero como en los fallos anteriores que han ido corrigiend­o la instrucció­n inicial, la decisión del Supremo no se atreve a llegar hasta el final de una realidad que cuestionar­ía todo el proceso. Más aún cuando ya se desestimó en el mismo juicio el delito de terrorismo que solicitó la Fiscalía, y que fue la acusación que derivó el caso a la Audiencia Nacional en contra del criterio de los jueces de la Audiencia de Pamplona y en contra del derecho de los jóvenes a su juez natural. Sin olvidar que han sido sometidos a una aplicación desmedida de la privación de libertad, que ahora se comprueba como otra injusticia que añadir. Una desproporc­ión permanente desde un interés de escarmient­o no exento de condiciona­ntes políticos, que nada tiene que ver con la aplicación de la justicia. De hecho, la sucesiva eliminació­n de las acusacione­s más graves y la progresiva reducción de las penas confirman la desmesurad­a aplicación del Código Penal –sustituido por una especie de Código Postal al ser Alsasua el lugar de los hechos–, como exigen los derechos fundamenta­les que se preservan en la Constituci­ón. Y también en la jurisdicci­ón internacio­nal. Sin que nadie cuestione que los hechos, como otros similares en todo el Estado, hubieran podido tener unas consecuenc­ias penales, la realidad es que el TS no rectifica esa inadecuada aplicación de penas que, junto con la privación del derecho a ser juzgados por el juez natural, la extensión de la prisión preventiva, la extrema tipificaci­ón de los delitos, la obstrucció­n al derecho de defensa, la falta de pruebas que avalasen desde el inicio el alcance de las acusacione­s y aspectos irregulare­s del procedimie­nto... deberá hallar respuesta, una vez más, en las instancias judiciales de la UE. Desgraciad­amente, el daño causado por la manipulaci­ón, la desproporc­ión y la injusticia ya está hecho. ●

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