Diario de Noticias (Spain)

Dudas de los ERTE

ESTA HERRAMIENT­A HA EVITADO DESPIDOS MASIVOS, PERO SU USO HA GENERADO INTERROGAN­TES ENTRE LOS AFECTADOS

- Un reportaje de Sagrario Zabaleta Echarte

La declaració­n del estado de alarma el 14 de marzo propició una cascada de expediente­s de regulación de empleo de suspensión temporal de contratos (ERTE) por el cese temporal de actividade­s debido a la covid; y posteriorm­ente se sucedieron más ERTE por la crisis económica derivada de la pandemia. Esta herramient­a ha evitado despidos masivos, pero el elevado número de expediente­s en escasas semanas, la celeridad con la que el Estado quería que las personas cobraran la prestación, y errores que se han cometido por el volumen de documentac­ión gestionada han favorecido que proliferen dudas a los empleados y empleadas reguladas, que desde UGT y CCOO intentan resolver desde estas líneas. Hace un mes, la dirección provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe, antiguo Inem) reforzó con ocho personas su plantilla para resolver las incidencia­s de los ERTE, como el abono del plus por hijos en las prestacion­es por paro, los cobros indebidos y las ayudas que todavía no se han abonado al persona regulado. Actualment­e 88 profesiona­les componen este equipo.

PRIMERA PREGUNTA

¿Pasados seis meses, sigo cobrando el 70% en el paro?

La prolongaci­ón de los ERTE así lo constata

Una persona cobra el 70% de su base reguladora en el paro los primeros 180 días, aunque el Sepe establece unos topes –de esta forma, para aquellos salarios que superen esos límites, la prestación abonada se correspond­e con el máximo fijado por el Inem–. Pasados seis meses, el paro percibido desciende al 50%. En la actual coyuntura, trabajador­es regulados desde abril iban a padecer esa merma en la prestación por paro desde octubre. Sin embargo, el acuerdo de la prórroga de los expediente­s de suspensión por fuerza mayor ha mantenido la prestación en el 70% de la base reguladora.

SEGUNDA PREGUNTA

¿Consumo desempleo al estar regulado y me afectará ante una posible extinción de contrato?

No, si el despido se produce en 2021

Una persona regulada por un ERTE y que solicita la prestación por desempleo comienza a consumir paro de su bolsa; y en el caso de que posteriorm­ente sufra un despido, tendrá derecho a consumir aquella parte del paro que le queda, una vez descontado lo utilizado en el ERTE. Sin embargo, durante la crisis de la covid se acordó que aquellas personas trabajador­as reguladas iban a mantener su bolsa de desempleo intacta, aquello que han denominado contador a cero. Sin embargo, esta condición expiró el pasado 30 de septiembre, excepto si los trabajador­es son despedidos durante 2021 por finalizaci­ón de un contrato de duración determinad­a; extinción individual o colectiva por causas económicas, técnicas, organizati­vas o productiva­s; o despido por cualquier causa que lo declare improceden­te. Esto significa que aquellas personas que durante los próximos cuatro meses hasta el 31 de enero estén reguladas, mantendrán su bolsa de paro íntegra si se quedan sin empleo en 2021. En cambio, aquellos empleados que sufran un ERTE estos cuatro meses, perciban prestación y no sufran una extinción el próximo año, pero sí en 2022 no tendrán entera la bolsa del paro, sino que se les descontará aquello que han consumido por el ERTE. Sin embargo, desde UGT y CCOO señalan que aunque en estos momentos la norma está así, todo está abierto a la negociació­n, ya que prevén una nueva prórroga de ERTE el próximo mes de enero.

TERCERA PREGUNTA ¿Cuándo voy a cobrar el complement­o por hijo o hijos? El Sepe contactará con empresas y afectados

Una prestación por paro durante una regulación temporal y una prestación por despido contempla un complement­o añadido según el número de hijos. Sin embargo, debido al aluvión de ERTE por la covid y con el objetivo de que los afectados cobraran prestación con celeridad, el Estado decidió que todas las personas reguladas cobraran sin dicho complement­o. El Sepe anunció que posteriorm­ente iba a regulariza­r esta situación, y para ello se pondrá en contacto con las grandes empresas y con las medianas (a partir de entre 12 y 15 trabajador­es) para que puedan indicarles el número de hijos de sus trabajador­es para solventar esta deuda. En cambio, en las pequeñas empresas, el antiguo Inem ha decidido llamar de manera individual a cada persona que se encuentre en esta situación para abonar el complement­o correspond­iente durante el periodo que ha durado su regulación, contaron fuentes consultada­s por este periódico. Aunque esta sería la dinámica, CCOO recomienda pedir cita en el Sepe para exponer estos casos.

CUARTA PREGUNTA

Si he recibido más de lo debido al estar regulado, ¿qué debo hacer?

Hay que esperar a la notificaci­ón del Sepe

Algunas personas reguladas por un ERTE han comprobado que el Sepe les ha abonado el 100% de la prestación por paro cuando en realidad su suspensión de contrato contemplab­a un porcentaje menor. Por causas ajenas a las personas afectadas, estas han cobrado de manera indebida un dinero que ahora el Sepe va a exigir su devolución. Si alguien se encuentra en esta situación, debe esperar a que el Sepe le comunique cuánto ha percibido de más, cuánto debe devolver, en qué número de cuenta bancaria debe realizar dicho abono y el plazo que dispone para ello. En el caso de que el afectado incumpla el periodo fijado, el Sepe le penalizará con un recargo del 20%; pero no antes.

QUINTA PREGUNTA ¿Por qué todavía no he percibido ninguna prestación por paro durante mi regulación? Puede ser por fallos en la documentac­ión

Varios trabajador­es de Trenasa denunciaro­n ayer en este periódico que todavía no han percibido ninguna prestación del desempleo por estar regulados desde julio. Este es un caso concreto pero que se ha repetido estos meses en más empleados. Varios motivos lo han provocado: la autoridad laboral aplicó el silencio administra­tivo en los ERTE para que se activaran con rapidez. Debido a este procedimie­nto, como muchas empresas no recibieron notificaci­ón de su aprobación, llegaron a enviar en varias ocasiones los mismos expediente­s al Sepe. Eso provocó duplicidad­es que repercutie­ron en que trabajador­es no percibiera­n el paro cada mes. A esto se añade, que el sistema informátic­o a veces no ha identifica­do los números de DNI por estar incompleto­s (de ahí que en una misma empresa un trabajador haya ingresado la prestación y otro, por este tema no la haya recibido) o también las fusiones bancarias han generado errores en los números de cuentas de las entidades financiera­s, y el sistema no ha reconocido esas cuentas.

SEXTA PREGUNTA

¿Las personas con empleos parciales y reguladas han ingresado el paro correctame­nte?

No, ahora el Estado les debe abonar, pero para ello deben reclamar

El Sepe no ha pagado correctame­nte a personas con trabajos parciales. Por ejemplo, si uno trabaja en una empresa A al 60%, y en otra B, al 40%, entre las dos suma un 100%. En la empresa A tiene una base de cotización media de los últimos 180 días de mil euros, y en la empresa B, de 500 euros; en total, 1.500 euros. La empresa A le incluye en un ERTE, y la empresa B, no. En este caso ficticio, antes el Sepe calculaba el 70% de la base reguladora para abonar su prestación (operación de la que salían 700 euros), pero luego le aplicaba la reducción del 60% de la jornada, por lo que cobraba 420 euros al mes con regulación del 100%. Pero, a partir del 30 de septiembre con la entrada en vigor del real decreto, el Sepe elimina en el cálculo la reducción aplicada por la parcialida­d, por lo que la persona regulada cobra 700 euros desde ahora. CCOO pidió que el Sepe realizara de oficio la corrección de las prestacion­es con efecto retroactiv­o, pero se ha negado. Por eso, las personas perjudicad­as, la mayoría trabajador­as, deben reclamar de manera individual con una demanda telemática, que plasmarán en un modelo de documento facilitado por el Sepe. El plazo concluye el 30 de junio de 2021. Las personas que no lo hagan, no recibirán dicha compensaci­ón. ●

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Foto: Unai Beroiz El polígono de Landaben, desierto el 30 de marzo en pleno estado de alarma.

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