Ratificado el fallo contra BSH tras fallecer un empleado por amianto
La víctima murió en 2017 por un mesotelioma después de trabajar en la antigua Superser en Cordovilla entre 1969 y 1983
PAMPLONA – El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la sentencia por la que condena a BSH Electrodomésticos al abono de un recargo del 50% de todas las prestaciones a la viuda e hijas de José Mª Esteban Marcos, fallecido por mesotelioma, cáncer provocado por el amianto y reconocido como enfermedad profesional. El fallo reitera que la empresa incumplió las normas de seguridad para proteger al trabajador de la exposición a este mineral. El amianto o asbesto se utilizó en diferentes industrias por sus propiedades, pero se comprobó que la aspiración de sus fibras derivaba en enfermedades a los años de haber estado expuesto a él. Entre las patologías aparecen varios tipos de cáncer, como el mesotelioma. Su viuda, Mª Asun Fernández, que a su vez preside Ananar, mostró satisfacción por la sentencia. Su pareja falleció el 19 de noviembre de 2017 por un mesotelioma.
El fallo indica que queda probado que José Mª Esteban estuvo expuesto durante varios años al asbesto en la empresa Superser en Cordovilla, que posteriormente fue adquirida por BSH. Trabajó entre el 29 de julio de 1969 y 15 de noviembre de 1983, y por lo menos inhaló las fibras del asbesto hasta 1972. La sentencia incide en que en ese periodo la empresa incumplió las normas de seguridad para proteger a este trabajador en relación a ventilación de las instalaciones, limpieza y en el no suministro de EPI, como mascarillas. Al respecto este dictamen resalta que “queda probado que la empresa incumplió el Reglamento de Seguridad e Higiene en el
Trabajo (Orden de 31 de enero de 1940), que le obligaba a ventilar los locales de trabajo a fin de garantizar el grado de pureza del aire para que no resultara nocivo para la salud de los trabajadores, también le exigía realizar las labores de limpieza susceptibles de producir polvo por métodos húmedos o mediante aspiración, además de la utilización de mascarillas y de equipos adecuados”. La sentencia remarca que la empresa no realizó al trabajador los reconocimientos médicos requeridos por su relación con el amianto, según el decreto 192/1961. La sentencia concluye que desestima el recurso de BSH; y ante este fallo cabe nuevo recurso en el Supremo.