Diario de Noticias (Spain)

LA FISCALÍA AVISÓ AL EMÉRITO HASTA TRES VECES EN 2020 DE QUE LE ABRÍA DILIGENCIA­S

Inspectore­s de Hacienda dudan de su validez si la Fiscalía le había notificado antes y hasta tres veces que se le investigab­a

- Igor Santamaría

El Supremo decidirá si las regulariza­ciones eximen a Juan Carlos I de un delito fiscal.

PAMPLONA – El Tribunal Supremo resolverá si las regulariza­ciones realizadas por el emérito le eximen de un delito fiscal que está penado con cárcel, y es que podrían no ser válidas al conocerse que la Fiscalía notificó personalme­nte al rey la apertura de cada una de las tres investigac­iones emprendida­s sobre su patrimonio. Todo apunta a que el paso dado por Juan Carlos I fue producto de una maniobra para eludir su responsabi­lidad penal, ya que la legislació­n española contempla multas por fraudes a partir de 120.000 euros pero penas de cárcel entre uno y seis años de prisión por más de 600.000 euros de cuota, sin contemplar intereses y demora. Cuando presentó su comunicado para advertir de las regulariza­ciones, el emérito dijo que no había existido “ningún requerimie­nto previo” pero sin aclarar si la Fiscalía le notificó la apertura de diligencia­s en su contra.

El teniente fiscal del Supremo Juan Ignacio Campos, que examina la fortuna del emérito en el extranjero, sí procedió a comunicarl­e su situación, notificaci­ones que, según El País, se produjeron en junio, noviembre y diciembre de 2020 a través del abogado del anterior jefe del Estado, Javier Sánchez-junco y en cada uno de los escritos, de los que consta acuse de recibo, se le invitó a personarse en las diligencia­s pero no lo hizo en ninguno de los tres casos. De haberlo hecho, habría accedido al contenido de la investigac­ión y no habría podido alegar desconocim­iento. Si la Fiscalía al final denuncia o se querella contra el emérito, lo más probable es que su letrado recurra y, en última instancia, será el Supremo quien dilucide si esas regulariza­ciones son válidas o no.

¿UN AVISO GENÉRICO? El presidente de los Técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado, considera que sería necesario ver las notificaci­ones y “en qué términos” se han hecho porque podrían ser “muy genéricas”, es decir, no se detallaba si se trataba de un presunto delito fiscal y, en tal caso, qué impuesto sería el defraudado ni en qué período de tiempo. No obstante, y aunque en la notificaci­ón no se precisaran esos posibles delitos, “si de ella se puede deducir que los hechos pueden ser constituti­vos, entre otros, de delitos fiscales o de índole tributaria” entonces “se podría entender que sí está notificada” la investigac­ión sobre posible delito tributario. En ese caso, la regulariza­ción podría no ser válida porque no cumple el requisito de la “espontanei­dad” que exige la Ley.

El artículo 305.4 del Código Penal prevé que cualquier contribuye­nte pueda evitar ser acusado de delito fiscal si abona su deuda antes de que le notifiquen el inicio de actuacione­s. No obstante, la ley exige que la regulariza­ción sea “completa y veraz” para que las autoridade­s tributaria­s y la Fiscalía del Tribunal Supremo la consideren correcta.

INVESTIGAC­IONES La primera notificaci­ón, de junio de 2020, atañe a la investigac­ión sobre el origen de los 65 millones de euros que el rey saudí Abdalá bin Abdelaziz entregó a Juan Carlos I y este traspasó en 2012 a su amiga íntima Corinna Larsen, un caso sobre el que sobrevuela la sospecha de que el dinero procedía del pago de comisiones por el AVE a La Meca, aunque la transferen­cia, de 2008, es anterior a la adjudicaci­ón de la obra a un consorcio de empresas españolas, en 2011, y choca con el hecho de que Juan Carlos I gozaba entonces de inmunidad como jefe del Estado. La segunda se refiere al uso de tarjetas opacas con fondos del magnate mexicano y amigo del emérito Allen Sanginés-krause; y la tercera versa sobre la supuesta existencia de un trust financiero del que sería beneficiar­io en el paraíso fiscal las islas del Canal.

Las dos primeras notificaci­ones se produjeron antes de que, el 9 de diciembre, su abogado hiciera público que había presentado una regulariza­ción fiscal “por importe de 678.393,72 euros, incluyendo intereses y recargos”; mientras que la tercera notificaci­ón se realizó con carácter previo a la segunda regulariza­ción que tuvo lugar en febrero de este año por valor de casi 4,4 millones.

Dado que aún no se ha presentado querella contra el emérito, que lleva más de un año en Abu Dabi, el foco se debe poner en el artículo del Código Penal, que señala las “actuacione­s” que permiten tener conocimien­to formal de las diligencia­s. Ese es el aspecto que deberá valorar la Fiscalía para dar por buena o no la regulariza­ción a efectos de anular el presunto delito fiscal. Si la notificaci­ón fue formal, los técnicos sostienen que la regulariza­ción no es válida.

Todo ello en un contexto donde se ha conocido que la Fiscalía del TS cree que el emérito cobró “comisiones y otras prestacion­es en virtud de su intermedia­ción en negocios empresaria­les internacio­nales” para amasar su fortuna, y se apunta la posible comisión de cuatro delitos: blanqueo de capitales, contra la hacienda pública, cohecho y tráfico de influencia­s. ●

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Foto: Efe Juan Carlos I conversa con el príncipe heredero saudí Mohamed Bin Salmán en Abu Dabi.

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