No tener negocios con los directivos o el club
LA ELECCIÓN LOS NUEVOS ESTATUTOS IMPONEN ALGUNAS CAUTELAS
PAMPLONA – En los nuevos estatutos se indica expresamente que los miembros de la junta electoral no pueden tener vinculación dependiente o participar en negocios con la junta directiva o el club. Es decir, las maniobras que pudieran perpetrarse con esta proximidad laboral quedan expresamente prohibidas.
En concreto, los estatutos indican; “Quedarán excluidos como socios y socias elegibles: los miembros de la Junta Directiva, los empleados y empleadas de Osasuna y todos aquellos socios y socias que habiendo sido elegidos miembros de la junta electoral en las últimas elecciones, hayan sido cesados de su cargo”.
“Además, será necesario cumplir los siguientes requisitos para la presentación de la candidatura: No tener vinculación laboral dependiente, o de participación en negocios, sociedades mercantiles o similares de forma directa o indirecta, con miembros de la directiva y personal de Dirección de Osasuna. No tener vinculación laboral dependiente, o de participación en negocios, sociedades mercantiles o similares de forma directa o indirecta con el Osasuna, ni haberla tenido durante el año que preceda la entrada del interesado en el órgano”.
“En caso de que la vinculación sea sobrevenida, el miembro afectado deberá ponerlo en conocimiento de inmediato al resto del órgano y presentar su dimisión, siendo éste sustituido por el primer suplente disponible”, explica el articulado en otro momento.
La junta electoral de Osasuna se renovará cada cuatros años.