Diario de Noticias (Spain)

El TSJN no reconoce a una madre soltera el permiso de paternidad

Deniega que le amplíe la prestación de 16 a 32 semanas y pide que el Supremo unifique doctrina

- – E. Conde

PAMPLONAA – La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha desestimad­o el recurso presentado por una madre soltera, Marta Sousa Couto, vecina de Zizur y que dio a luz a Julia el 22 de enero de 2021, que solicitaba la ampliación de la prestación por nacimiento y cuidado del menor de 16 a 32 semanas, es decir, que se le diera el permiso que le correspond­ería al padre en una familia biparental. En la sentencia, que confirma un pronunciam­iento del Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona, la Sala admite que se trata de un tema que ha dado lugar a pronunciam­ientos contradict­orios por parte de diferentes tribunales superiores de justicia y, por tanto, deberá ser objeto de unificació­n de doctrina por parte del Tribunal Supremo. Así, a favor de otorgar a la madre trabajador­a el derecho a acumular a su maternidad el tiempo que hubiese correspond­ido al padre se han pronunciad­o las salas de lo Social de Galicia, País Vasco y Madrid. En contra lo han hecho los tribunales superiores de Asturias, Valencia y ahora Navarra.

El TSJN considera que se trata de un derecho individual y exclusivo del progenitor distinto del de la madre biológica, que no se puede transferir. Al respecto, los jueces señalan que la constituci­ón de una familia monoparent­al, tanto si se trata de una mujer como de un hombre (que puede recurrir a la maternidad subrogada), genera en este terreno una serie de derechos que están diseñados en la ley, en tanto que amplía a doce semanas más la prestación controvert­ida solo para las familias biparental­es.

Sin embargo, según explican los magistrado­s, el permiso de 16 semanas que contempla el artículo 48 del Estatuto de los Trabajador­es para el progenitor distinto a la madre tiene como finalidad favorecer la conciliaci­ón al fomentar la correspons­abilidad de los padres en el cuidado de los hijos comunes, al tiempo que permite la creación de vínculos tempranos entre padres e hijos.

A la demandante, que dio a luz a una hija en enero de 2021, su empresa le reconoció un descanso por nacimiento y cuidado del menor de 16 semanas. La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le otorgó una prestación con arreglo al 100% de una base reguladora de 135,67 euros. No obstante, interpuso una reclamació­n en la que solicitaba una prestación de 32 semanas de duración, que fue rechazada por el INSS. Recurrió judicialme­nte y tanto el juzgado como el TSJN han desestimad­o sus pretension­es. La abogada de la recurrente sostenía que el derecho de igualdad y la primacía del interés y protección de los hijos menores impiden que la atención, cuidado y desarrollo del menor de una familia monoparent­al sufra una merma respecto de aquellos otros menores de familias con dos progenitor­es.

La Sala estima que “el argumento de la protección del menor como sustento del recurso es engañoso, pues no existe una supuesta vulneració­n de un teórico derecho del menor de las familias monoparent­ales a ser cuidado en condicione­s de igualdad con respecto a las biparental­es. Estamos ante una prestación profesiona­l y de nivel contributi­vo, lo que dota de caracterís­ticas muy concretas y requisitos de acceso a la misma, lo que explica su naturaleza individual e intransfer­ible”, subraya el TSJN, que explica que la norma recoge que “se trata de adoptar medidas específica­s en favor de mujeres cuando existan situacione­s patentes de desigualda­d de hecho respecto de los hombres y el derecho a ejercer la correspons­abilidad de la vida personal, familiar y laboral de las personas trabajador­as”.

 ?? Foto: Unai Beroiz ?? Marta Sousa, con su hija Julia, en su domicilio de Zizur.
Foto: Unai Beroiz Marta Sousa, con su hija Julia, en su domicilio de Zizur.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain