Diario de Noticias (Spain)

REFORMA DE 2015

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CON RAJOY EN MONCLOA.

El delito de malversaci­ón fue modificado hace siete años, con la reforma del Código Penal aprobada en 2015 con los votos del PP y el rechazo en bloque de la oposición. Hasta entonces, la malversaci­ón exigía que el dinero público desviado redundara en lucro propio o de terceros. En cambio, la actual regulación sanciona también –con penas de 2 a 6 años– a “la autoridad o funcionari­o público” que incurriese en administra­ción desleal sobre el patrimonio público, es decir, que cause un perjuicio a los fondos públicos teniendo facultad para administra­rlos.

NO HACE DISTINCIÓN.

Así, esta reforma acabó con la distinción entre quienes simplement­e gestionan inadecuada­mente los fondos públicos y quienes los usan para beneficio personal. Y es que se fijan las mismas condenas para cualquiera de los dos casos.

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