REFORMA DE 2015
CON RAJOY EN MONCLOA.
El delito de malversación fue modificado hace siete años, con la reforma del Código Penal aprobada en 2015 con los votos del PP y el rechazo en bloque de la oposición. Hasta entonces, la malversación exigía que el dinero público desviado redundara en lucro propio o de terceros. En cambio, la actual regulación sanciona también –con penas de 2 a 6 años– a “la autoridad o funcionario público” que incurriese en administración desleal sobre el patrimonio público, es decir, que cause un perjuicio a los fondos públicos teniendo facultad para administrarlos.
NO HACE DISTINCIÓN.
Así, esta reforma acabó con la distinción entre quienes simplemente gestionan inadecuadamente los fondos públicos y quienes los usan para beneficio personal. Y es que se fijan las mismas condenas para cualquiera de los dos casos.