La absolución de Torrent y la Mesa del Parlament allana la desjudicialización
El TSJC les exime del delito de desobediencia al entender que no desafiaron “abiertamente” al TC
– Roger Torrent confía en que su absolución y la de los miembros de la anterior Mesa del Parlament pueda servir “para causas abiertas y futuras mesas” de la Cámara catalana. Así reaccionó el expresident de esta institución y actual conseller de Empresa y Trabajo tras conocerse que el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) les eximía del delito de desobediencia por haber tramitado resoluciones parlamentarias relacionadas con el procés, en concreto referentes a la autodeterminación y que reprobaban a la monarquía, y que supuestamente contravenían las órdenes del tribunal.
Los magistrados adoptaron la decisión por mayoría al considerar que sus actos no supusieron ningún delito, si bien la sentencia cuenta con el voto particular de una magistrada que sí considera que desobedecieron al Constitucional (TC). Esta resolución puede espolear aún más la vía de la desjudicialización que acordaron el Govern de Pere Aragonès y el Ejecutivo de Pedro Sánchez.
EL JUICIO
Torrent y los exmiembros de la Mesa Josep Costa, Eusebi Campdepadrós y Adriana Delgado fueron juzgados el pasado octubre y Costa, que es abogado y se defendía a sí mismo, decidió irse de la sala después de que los magistrados rechazaran su petición de anular la causa –lo ratifican en el fallo–, y también declinó que en su lugar se le adjudicara un abogado de oficio.
Los jueces razonan que el delito de desobediencia tiene un componente omisivo (no cumplir una orden), “sin dejar de ser omisivo cuando el sujeto activo hace algo diferente a lo ordenado”, que debe ser un mandato específico, claro y concreto basado en resoluciones judiciales u órdenes de una autoridad superior.
En el caso de la Mesa de Torrent, los magistrados tenían que dirimir si su acción de admitir a trámite resoluciolas nes parlamentarias sobre la autodeterminación y que reprobaban a la monarquía contravenían sentencias y provisiones del Tribunal Constitucional, pero a raíz de las pruebas en el juicio creen que “no se negaron abiertamente” a cumplirlas.
En su dictamen argumentan que el TC declaró inconstitucional ejercer la autodeterminación de manera unilateral, pero se reconoce el derecho a defender públicamente cualquier opción política, de manera que “lo que decide el TC no es, pues, que no se pueda debatir o hablar de autodeterminación o abordar esta cuestión por parte de las asambleas legislativas, sino únicamente que no se haga referencia a la autodeterminación cuando se pretende ejercerla, materializándola, de forma unilateral”.
Además, los magistrados consideran que, al valorar si tramitar las resoluciones contradecía al TC, “la interpretación seguida por los cuatro acusados fue la misma interpretación que hicieron el secretario general y el letrado mayor del Parlament, que acabaron aconsejando que se tomaran los acuerdos de admisión a trámite” de propuestas de resolución enjuiciadas y tomaron en cuenta la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).
Los acusados argumentaron que no se les podía juzgar por estos hechos apelando al principio de inviolabilidad parlamentaria, pero el tribunal lo descarta y también confirman que Vox podía ser acusación popular.
Torrent expresó su satisfacción no solo a nivel personal, sino también institucional: “Es una buena noticia para el Parlament, para las causas abiertas y futuras mesas”, celebró, entendiendo que el órgano rector del Parlament no debe llevar a llevar a cabo su actividad “bajo la espada de Damocles de la judicialización”. Cree que este juicio no se debería haber producido y dijo que la absolución “preserva la libertad de expresión del Parlament”. “Estamos satisfechos pero defendemos el fin de la represión”, zanjó.●
“Debe tener una lectura institucional, ojalá sirva para las causas abiertas y para futuras mesas” ROGER TORRENT
Expresident del Parlament
“Lo que decide el TC no es que no se pueda debatir o hablar de autodeterminación” TSJ DE CATALUNYA
Sentencia