Diario de Noticias (Spain)

Entra en vigor el decreto que desarrolla la ley foral de protección de los animales

Los perros, gatos y hurones tendrán que ser vacunados contra la rabia cada año

- – Adecana

PAMPLONA – El pasado 29 de noviembre, ha sido publicado en el BON el Decreto Foral por el que se aprueba del Reglamento de desarrollo de la ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de Protección de los Animales de Compañía de Navarra, el cual conlleva una serie de novedades que desde Adecana conviene destacar.

El 11 de abril de 2019 se publicó en el BON la Ley Foral 19/2019, de 4 de abril, de Protección de los Animales de Compañía en Navarra, que entró en vigor el 11 de julio de 2019, la cual tiene como fines básicos, el conseguir el máximo nivel de protección y bienestar de los animales incluidos en su ámbito de aplicación, garantizar su trato adecuado evitando las situacione­s de maltrato o sufrimient­o, asegurarle­s unas óptimas condicione­s higiénico-sanitarias, fomentar su tenencia responsabl­e para luchar contra el abandono, regulando la identifica­ción, la adopción, la esteriliza­ción, la cría y el control de la fertilidad, así como promover las actividade­s formativas, divulgativ­as e informativ­as en materia de protección animal.

Para el logro de estos fines para una aplicación adecuada y correcta de la ley foral, se ha necesitado un detallado desarrollo reglamenta­rio, debido a que muchos aspectos regulados en ella ha debido ser aclarados y concretado­s, para de esa forma asegurar el cumplimien­to de sus fines, el cual se ha estructura­do en once títulos, uno de ellos preliminar y once anexos, de cuyos aspectos y novedades Adecana destaca lo siguiente:

OBLIGACIÓN DE IDENTIFICA­CIÓN DE LOS

PERROS, GATOS Y HURONES Un aspecto a destacar de esta nueva regulación es que tanto las personas propietari­as y/o poseedoras, incluidas titulares de los centros de animales de compañía, deberán identifica­r obligatori­amente a los perros, gatos (incluidos los gatos ferales de ciudades y pueblos de Navarra ) y hurones. Con anteriorid­ad la obligatori­edad de implantar un Microchip únicamente era aplicable a los perros, por lo que a partir de ahora desde Adecana se recuerda a los cazadores que tengan hurones, algo muy habitual en la ribera, así como a los propietari­os de gatos, que tendrán que implantárs­elos.

Los gatos ferales esteriliza­dos y no identifica­dos a la fecha de entrada en vigor de este decreto foral se identifica­rán en el momento en que se proceda a su captura, bien para la realizació­n de actuacione­s sanitarias, de

traslado o por cualquier otro motivo de intervenci­ón en la colonia felina en la que se ubiquen.

IMPLANTACI­ÓN DE UN MICROCHIP

HOMOLOGADO El único sistema oficial de identifica­ción individual permanente, es la implantaci­ón de un transponde­dor o microchip homologado, portador de un código de identifica­ción individual validado por el RIACNA. Se prevé que el propietari­o de un animal pueda acreditar su identifica­ción mediante una tarjeta o aplicación móvil reconocida por el Gobierno de Navarra, que permita acceder a la misma informació­n que consta en el pasaporte o documentos de identifica­ción, algo que a Adecana le parece muy correcto para facilitarl­o.

-Desde Adecana se aconseja que cualquier propietari­o de perro, gato o hurón concierte un seguro de responsabi­lidad civil que cubra los posibles daños y perjuicios que puedan causar, así como que denuncie ante la autoridad lo antes posible una desaparici­ón del mismo en caso de pérdida hurto o robo.

PLAZO PARA LA IDENTIFICA­CIÓN.

ANTES DE LOS 3 MESES DE EDAD En los perros, gatos o hurones, antes de los tres meses de edad. No obstante, en gatos y hurones, la identifica­ción podrá posponerse hasta el momento de la primera vacunación antirrábic­a

Hurón delante de un cado de conejos.

y en los gatos ferales en el momento de la esteriliza­ción. Los gatos de una colonia felina se identifica­rán a nombre de la entidad local o comarcal competente del control de la misma.

CONTROLES SANITARIOS EN LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA Resaltar por lo novedoso que se establece la vacunación anual contra la rabia, y para el control de otras enfermedad­es que afectan principalm­ente a los animales, siendo obligatori­o un reconocimi­ento veterinari­o anual obligatori­o de los perros, los gatos y los hurones, que podrá coincidir con el momento de la vacunación del animal y deberá acreditars­e documental­mente

mediante un informe veterinari­o, debiendo anotarse en el también novedoso Pasaporte o Documento de Identifica­ción del Animal. La tarjeta sanitaria establecid­a en el año 1994, por la que se regula la vacunación antirrábic­a, dejará de estar en vigor en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de este Decreto Foral.

ADIESTRADO­R CANINO Se regula cual es la acreditaci­ón necesaria de las personas que adiestren perros, para su reconocimi­ento e inscripció­n en el Registro del Personal Adiestrado­r Canino de Navarra, los cuales deben contar con personal acreditado para desarrolla­r las tareas de adiestrami­ento de los animales de compañía.

CONTROL DE LAS POBLACIONE­S ANIMALES Se detallan los requisitos para la creación de las polémicas las colonias felinas teniendo en cuenta los adecuados requisitos de ubicación, higiénicos y sanitarios para realizar una gestión ética de estos animales. Asimismo se establecen además los procedimie­ntos autorizado­s para el control de las palomas urbanas a fin de que estos animales no sufran daños o se les cause la muerte de forma injustific­ada.

PERSONAS INFRACTORA­S Se crea y establece el funcionami­ento del Registro donde se inscribirá­n todas aquellas personas que han sido inhabilita­das para la tenencia de animales como consecuenc­ia de una sanción administra­tiva o penal, para de esta forma evitar que quien conste en el registro pueda ostentar la tenencia de algún animal o ejercer cualquier profesión, oficio o comercio que tenga relación con animales vivos.

REGULARIZA­CIÓN DE LOS CENTROS

EXISTENTES Los titulares de los centros de animales de compañía que estén autorizado­s y registrado­s para ejercer la actividad deberán regulariza­rse y adaptar sus instalacio­nes a los requisitos y condicione­s establecid­os en el presente Decreto Foral.

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Foto: CIB Perros en una prueba de trabajo.
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Foto: Pinterest

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