Bildu recurre el condicionado de las barras de la Plaza del Castillo
La formación abertzale argumenta ante el TAN que el condicionado vulnera hasta cuatro normativas diferentes
– EH Bildu manifestó PAMPLONA ayer que “ante la sospecha de que UPN quiera imponer de nuevo las barras en la Plaza del Castillo en los próximos Sanfermines”, ha decidido acudir al Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) para recurrir “el condicionado diseñado que justificaba las diez concesiones administrativas para las barras”.
Según EH Bildu, el condicionado podría “vulnerar hasta cuatro normativas diferentes: la Ordenanza de Higiene Alimentaria del Ayuntamiento, la Ley Foral 14/2018 de Residuos y su Fiscalidad, la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados y la legislación que regula la libre concurrencia en la contratación pública tanto en el Estado como en Navarra. Aunque la derecha no gestionará el Ayuntamiento en los próximos Sanfermines, tenemos que evitar que nos deje la herencia envenenada de este despropósito”, insistió Bildu.
La formación abertzale señaló que “la autorización de la utilización de vasos de plástico de un solo uso incumple los mandatos de la Ley Foral de Residuos. Ante esta evidencia, los servicios jurídicos municipales bajo el mandato de Maya se defendían diciendo que el contenido del condicionado era un mero error de transcripción. Sin embargo, el recurso considera chocante ese argumento cuando la respuesta del Ayuntamiento defiende la inexistencia de normativa que imponga la prohibición de los vasos de plástico de un solo uso. Da la impresión de que sólo quieren justificarse”, añadió.
En segundo lugar, EH Bildu expuso que “se advierte al TAN de que el condicionado de las barras no exigió la obligación legal de disponer y ofrecer agua no envasada de manera gratuita para su consumo, como se especifica en Ley de Residuos”.
Además, a juicio HIGIENE ALIMENTARIA de EH Bildu, “los servicios jurídicos del Ayuntamiento se escudan en que existen multitud de exigencias que afectan a los establecimientos de hostelería sin que sean recogidas de forma expresa en un condicionado, demuestra que quienes permitieron esas barras sin agua gratuita para consumo eran conscientes de la irregularidad”.
En tercer lugar, EH Bildu mencionó que “el condicionado es contrario a la Ordenanza de Higiene Alimentaria al exonerar a estas instalaciones de hostelería de agua corriente y desagüe”. EH Bildu critica que “no existe explicación alguna ni existe informe técnico-sanitario que justifique que estas barras carezcan de esos servicios, por lo que cabe pensar que no hay ninguna razón extraordinaria que empuje al Ayuntamiento a contradecir su propia normativa. Que la defensa del Ayuntamiento sea que las inspecciones servían para verificar el cumplimiento de la norma es poco menos que esperpéntico cuando los mismos servicios jurídicos dieron el visto bueno a unas condiciones que vulneraban expresamente la norma”. “Por lo tanto, el condicionado incumple de forma flagrante y grave la Ordenanza”, concluye el recurso.
Finalmente, el recurso incide en que “la delimitación del universo al que se dirige la posibilidad de acceso a la instalación de uno de estos establecimientos es arbitraria y no justificada. El propio Ayuntamiento reconoce que el deseo de colocar las barras obedece a una directriz del Área de Cultura.