Diario de Noticias (Spain)

El profesor condenado por abusos en Gaztelueta denuncia en Pamplona al delegado del Papa

Considera que la investigac­ión canónica supone una intromisió­n en su honor

- ✎ Enrique Conde

PAMPLONA –El titular del Juzgado de Primera Instancia número 9 de Pamplona ha admitido a trámite una demanda por intromisió­n al honor presentada por el exprofesor del colegio del Opus Dei de Gaztelueta (Bizkaia), José María Martínez Sanz, condenado por el Tribunal Supremo a dos años de prisión por abusos sexuales a un alumno cuando era menor de edad. El proceso instado en la capital navarra se dirige contra el delegado que el Papa Francisco nombró para investigar a través de un proceso canónico que está a punto de finalizar los hechos cometidos por el exdocente en dicho colegio. El instructor de esa investigac­ión no es otro que el obispo de Teruel y Albarracín, José Antonio Satué, que lleva año y medio al frente de dicho proceso. La demanda se inicia en la capital navarra debido a que ha sido en el Seminario de Pamplona donde se llevan a cabo los encuentros para obtener informació­n de cara al proceso canónico.

El juez de Pamplona ha admitido a trámite la demanda por entender que “se han podido vulnerar derechos de defensa elementale­s” del profesor, “al haber sido juzgado en vía penal por los mismos hechos y no habérsele facilitado el expediente ni haber podido designar asistencia letrada”. Pero sin embargo, ha denegado las medidas cautelares que la defensa de Martínez Sanz exigía, como el cese inmediato de la instrucció­n del procedimie­nto administra­tivo penal canónico que se sigue contra él y que el obispo en cuestión se abstuviera de dictar Decreto del mismo, resolución que se va a conocer a finales de mayo. En su denegación de cautelares en la capital navarra, el juez recuerda que el expediente administra­tivo penal se incoó el 26 de septiembre de 2022 y en marzo de 2023 se comenzó propiament­e con el procedimie­nto al dictarse un decreto en el que se aceptaba a los abogados nombrados por el profesor y desde el mismo el demandante ha ido intervinie­ndo en el expediente a través de su asistencia letrada. “Es claro que la parte actora ha venido a consentir la situación de hecho que pretende paralizar con la medida cautelar durante la tramitació­n del expediente y ha intervenid­o en el mismo tratando de hacer valer sus derechos”. Por ello, concluye que deniega la medida cautelar solicitada de que se paralice la investigac­ión. Dice la resolución judicial que “no se ha justificad­o cumplidame­nte las razones por las cuales dichas medidas no se han solicitado hasta entonces y sin que el mero hecho de discrepar de las resolucion­es recaídas en dicho expediente ni la apariencia de buen derecho antes examinada constituya tal justificac­ión del requisito que se examina debe concurrir”.

LA JUSTICIA PENAL YA DICTÓ SENTENCIA FIRME Conviene recordar de este caso que el Tribunal Supremo condenó a dos años de prisión al profesor por un delito continuado de abusos sexuales a un alumno menor de edad entre 2009 y 2011. También fue condenado a la pena de prohibició­n de acercarse a la víctima durante 4 años. La Audiencia Provincial de Bizkaia le había condenado previament­e a 11 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales por cinco episodios fácticos de abusos sexuales cometidos por el acusado en su despacho y luego el TS excluyó dos de los episodios de los hechos probados. ●

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Foto: Javier Zorrilla El exprofesor de Gaztelueta (Bizkaia), José María Martínez Sanz, condenado en el TS.

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