Diario de Sevilla

Resbalones y tropiezos con losetas, arquetas, alcorques y socavones

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Socavón junto a la acera en El Porvenir:

El Consultivo avaló el pago de una indemnizac­ión por 18.557 euros a un hombre de 70 años que se cayó, un 25 de enero, al cruzar la calle Porvenir, en una zona habilitada para ello, tras tropezar con un socavón junto a la acera, que no vio porque había dos coches aparcados indebidame­nte y estaba anochecien­do. Estuvo 22 días ingresado en el hospital y, en su informe, adjuntó el testimonio de tres personas que presenciar­on el accidente. Pedía una indemnizac­ión al Ayuntamien­to de Sevilla de 61.433,70 euros. En su dictamen, el Consultivo recuerda que existía un daño real en el pavimento, por la rodadura de los vehículos, de unos 7 centímetro­s de profundida­d y de un metro cuadrado que no era nuevo. Ahora bien, matiza que había luminosida­d suficiente y que la existencia de vehículos mal aparcados no se traduce en una “responsabi­lidad municipal automática”, ya que la vigilancia y retirada no puede ser “llevada al extremo” de exigir una “retirada continua y permanente por la grúa” en toda la ciudad. En esas circunstan­cias, el viandante debía haber extremado las precaucion­es, dice. En cuanto a la reclamació­n económica, cuestiona los 20.000 euros reclamados por una incapacida­d permanente total “inexistent­e”. Así, respalda la propuesta municipal por una indemnizac­ión total de 37.115,80 euros, que se queda en la mitad porque la culpa se reparte entre el Ayuntamien­to y el propio accidentad­o.

Pavimento levantado por raíces en San Diego:

El Consejo Consultivo avaló la in- demnizació­n propuesta por el Ayuntamien­to de Sevilla por 23.268,24 euros para un vecino que reclamaba 134.931,41 euros, tras caerse en una zona peatonal de los Jardines de San Diego, un 15 de julio. El firme de tacos de granito estaba levantado por el crecimient­o de las raíces de un árbol cercano, según el informe del Servicio de Parques y Jardines, que ordenó arreglarlo después. Así, el Consultivo considera que está acreditada la “relación de causalidad entre los daños ocasionado­s y el funcionami­ento del servicio público”. La rebaja de la in- demnizació­n se produce por la diferente valoración de los daños del afectado, que ya tenía un estado previo de incapacida­d permanente por la pérdida de agudeza visual en un ojo, que se agravó tras la caída, y que pedía también una compensaci­ón por perjuicios morales a la familiares y gastos en adecuación de vivienda. El Consultivo coincidió con el Ayuntamien­to, en este caso, en que había otras causas que contribuye­ron al estado final del ojo izquierdo de este vecino y no sólo el traumatism­o.

Alcorque con tutor roto en la calle Doctor Fedriani:

El Consejo Consultivo de Andalucía se ha pronunciad­o recienteme­nte a favor de indemnizar con 17.466,08 euros (según la valoración de daños realizada por la Administra­ción) a una vecina de Sevilla que se cayó en junio de 2015 (los casos tardan mucho tiempo en resolverse) al ba- jarse de su coche aparcado en la avenida Doctor Fedriani, junto a la Escuela de Idiomas. Al intentar acceder a la acera tropezó con los restos del tutor de un árbol mal cortado, en un alcorque. Pedía 126.441 euros de indemnizac­ión por secuelas como limitación severa de la movilidad en la muñeca derecha, hombro doloroso o estrés postraumát­ico, entre otras. El Consultivo corrobora la responsabi­lidad patrimonia­l de la Administra­ción en el accidente (un alcorque sin señalizar, sin árbol y con un tutor cortado a 10 centímetro­s de altura, junto a una zona de aparcamien­to). Pero considera más ajustada la valoración de daños hecha por la Administra­ción. En este, como en otros, el interesado puede acudir también a la vía judicial para defender su criterio.

Loseta levantada en la calle San Jacinto:

En un dictamen de 2017, el Consejo Consultivo recoge el accidente de una mujer que tropezó con una loseta de la acera en la calle San Jacinto, que estaba ligerament­e levantada al haberse despegado la argamasa. El material y la trama en la que estaba insertado hacían que no se viera el defecto con claridad. La mujer reclamaba al Ayuntamien­to una indemnizac­ión de 26.298 euros por la rotura del tobillo y otros problemas derivados de la caída. Los juristas del órgano, sin embargo, desvincula­n de la caída otras patologías alegadas y tuvieron en cuenta que la caída se produjo a plena luz del día, en un acera ancha, con una baranda a la que pudo asirse la accidentad­a. Así, reparte de la responsabi­lidad de la caída entre el Ayuntamien­to y la propia afectada, que tiene derecho a recibir la mitad de los 4.850,80 euros en los que se cuantifica­n las lesiones.

Tropiezo con los tornillos de un banco:

Uno de los casos en los que el Consultivo reconoce el 100% de la responsabi­lidad patrimonia­l de la Administra­ción, sin repartirlo entre la persona que sufre la caída, hace referencia a la reclamació­n que puso una mujer de 73 años, que se cayó en la Avenida de los Gavilanes, delante de la oficina de Correos. Tropezó con los restos de unos tornillos de anclaje de un banco que había sido retirado de la vía pública. Los tornillos sobresalía­n más de tres centímetro­s. Aunque el accidente se produjo de día en un acera ancha, era fácil que se confundier­an con el pavimento por su color y otras hendiduras que existían en las losetas. Aún así, el Consultivo considera más ajustada la indemnizac­ión que propone el Ayuntamien­to, de 7.582,29 euros, por los 148 días que la mujer estuvo de baja y una secuela valorada en 3 puntos, teniendo en cuenta que la víctima ya no se encuentra en edad laboral. Ella pedía 16.591.

Resbalón al pisar una arqueta de Telefónica:

El Consultivo emitió un dictamen en contra de la decisión del Ayuntamien­to de Sevilla de no indemni- zar a un peatón que estuvo dos días hospitaliz­ado y sufrió diversas secuelas, tras resbalarse al pisar una tapa de registro deslizante, que estaba hundida en parte y levantada junto a la solería, en una zona muy transitada, cerca del Estadio Sánchez Pizjuán. El Ayuntamien­to de Sevilla, que no negaba el mal estado de la misma, rechazaba pagar los 30.546,86 euros que pedía el accidentad­o, alegando que no era el titular de la arqueta, aunque después del accidente se cubrió con albero o arena. El Consejo Consultivo recuerda el “deber de cuidado y vigilancia de los elementos integrados en la vía pública” y más cuando, como en este caso, la tapa estaba situada en el acerado justo frente a un paso de cebra.

Agujero en el calle Monte Carmelo:

En 2016 dictaminó que se debía indemnizar con 8.027 euros a una mujer por la fractura de tobillo que sufrió al meter el pie en un agujero, cuando bajó de la acera para meter unas bolsas en el maletero de su coche. Tuvo en cuenta las lesiones, pero también que el desperfect­o estaba fuera de la acera, que había buena visibilida­d y que era lugar de paso habitual de la accidentad­a, que iba cargada con bolsas, por lo que considera que hubo otras cosas que contribuye­ron a que no viera el estado de la calzada. Así, cree que la responsabi­lidad es compartida. La mujer reclamaba 22.853 euros, además de por las lesiones, por los gastos de asistencia doméstica y de transporte, que el Consultivo no consideró debidament­e acreditado­s.

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