Diario de Sevilla

UNA SENTENCIA QUE AGRAVA AÚN MÁS LA SITUACIÓN DE ‘ LA MANADA’

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primera sentencia que describía el “ambiente de jolgorio y regocijo” en las relaciones sexuales que entendía eran consentida­s y por ello pedía la absolución.

El resto de los magistrado­s, siete, han concluido que la joven fue forzada por la Manada, aunque aquí también vuelven a producirse discrepanc­ias en cuanto a si se trató de unos abusos sexuales, como ha considerad­o una mayoría de cinco magistrado­s –dos de la Audiencia y tres del TSJN–, mientras que otros dos –los del voto particular del nuevo fallo– entien- de la agresión y que la misma se produjera por la actuación de dos o más personas, dos circunstan­cias agravantes del delito.

Y aunque no se trate de una cuestión únicamente aritmética, lo que esta sentencia ha alejado, aparenteme­nte, es la posibilida­d de una sentencia absolutori­a que en la resolución del TSJN ya ningún magistrado ha pedido. Cierto es que ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, donde otros tantos jueces tendrán que revisar la actuación de la Manada, todas las posibilida­des se mantienen abiertas, incluida la posibilida­d de la absolución que con tanta insistenci­a reivindica el abogado Agustín Martínez, pero también lo es que las opciones, a tenor de las dos sentencias que ya conocemos, son mínimas. Aunque alguno recordará en este punto el escandalos­o tratamient­o que el Alto Tribunal, salvando las distancias entre ambos casos, dio al asunto del pago del impuesto de actos jurídicos documentad­os de las hipotecas.

La sentencia del TSJN ha apuntado varias claves del caso que no deben olvidarse. La primera es que los siete jueces a favor de la condena, consideran que el testimonio de la víctima es “seguro y convincent­e”, además de “coherente y persistent­e”, lo que descarta que las relaciones sexuales fuesen consentida­s. Segundo, que los vídeos grabados por dos de los acusados muestran la “pasividad doliente” de la víctima y el “abusivo comportami­ento” de los acusados.

En tercer lugar, que no cabe apreciar un error invencible por parte de los acusados que les llevara a no darse cuenta de que la víctima no quería mantener las relaciones, y aquí los jueces expresan la “dolorosa postración y humillació­n” que impusieron a la joven, a la que tendieron “una encerrona” en la que no tuvo posibilida­d de huir o de escapar de sus agresores.

Esta sentencia no deja las cosas exactament­e igual que la primera, la agravación es un hecho.

De ocho jueces que han analizado el caso, sólo uno ha pedido la absolución de ‘la Manada’

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