El Supremo rechaza que el ex gerente de Tussam fuera despedido por causas políticas
El Alto Tribunal no aprecia “contradicción” entre las sentencias emitidas antes sobre este caso
El Tribunal Supremo no ha admitido el recurso de casación promovido por el ex gerente de Tussam, Carlos Arizaga, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que, en 2017, desestimó ya su recurso de suplicación contra una sentencia previa que declaraba improcedente el despido al que fue sometido en septiembre de 2015. Arizaga consideraba “nulo” dicho despido por “discriminatorio por razón política e ideológica y por producirse por orden del alcalde, Juan Espadas”. El Alto Tribunal no aprecia “contradicción” entre la sentencia impugnada respecto a los dos fallos de contraste esgrimidos por la defensa de Arizaga.
La sentencia inicial del Juzgado de lo Social número 3 de Sevilla, emitida en mayo de 2016, analizaba la demanda de Arizaga contra su despido de Tussam al alegando causas disciplinarias. En este fallo, recogido por Europa Press, se declaraba como he- chos probados que Arizaga comenzó a ejercer como director gerente en 2004, cuando el Ayuntamiento hispalense estaba gobernado por Monteseirín.
Según la sentencia, Arizaga ostentó dicho cargo mediante un contrato de alta dirección hasta agosto de 2011, ya con Zoido en la Alcaldía. Dicho contrato fue “resuelto de común acuerdo” y Arizaga “pasó a desempeñar las funciones de director adjunto a la gerencia de Tussam”, mediante otro contrato de alta dirección cuya duración se prolongaría “hasta la constitución de la siguiente corporación municipal”.
Según la citada sentencia, una