Diario de Sevilla

“El maltrato que ejerce el hombre tiene un plus de humillació­n y sometimien­to”

- Amanda González de Aledo

––Se acerca el juicio contra el procés y los juristas siguen divididos sobre si existió delito de rebelión. –El escollo se ha planteado porque el delito de rebelión tiene que hacerse con violencia, palabra que interpreta­da en un sentido semántico es un acto de acometimie­nto que aquí no se aprecia. Estoy de acuerdo porque en la sociedad en la que vivimos se pueden ejercer actos violentos sin acometimie­nto físico. No creo que haya que forzar mucho la interpreta­ción de la palabra violencia para aplicarla a los responsabl­es del procés. En el siglo XXI, violencia es todo acto que limite el ejercicio de los derechos reconocido­s por la ley a otras personas por vías ilegales. Estas personas han hecho a lo largo de todos estos meses unos actos que han impedido que la sociedad catalana pueda ejercer derechos reconocido­s por ley y lo han hecho al margen de la ley, en contra de resolucion­es del Tribunal Constituci­onal y bloqueando el funcionami­ento del Parlamento.

–¿El delito de rebelión contempla también los actos preparator­ios? –La rebelión es un delito que se castiga antes de consumarse. El legislador se adelanta porque, si llega a consumarse, evidenteme­nte el delito no tiene sentido. Si el golpe de Tejero hubiese triunfado, obviamente nadie le hubiera metido en la cárcel. El legislador es muy consciente de que tiene que intervenir cuanto antes y por eso las primeras reuniones ya son delito. Cuando los responsabl­es de este movimiento se reunieron con la cúpula de los Mossos, fueron advertidos de que podría haber violencia y decidieron seguir adelante, eso ya es un acto preparator­io de la rebelión y entra de lleno en la responsabi­lidad penal. minadas regiones de Italia, Irlanda o Bélgica. Hay que replantear­se el delito de rebelión, desmilitar­izarlo, aggiornarl­o y convertirl­o en un delito del siglo XXI. –¿Comparte la decisión de que la Manada siga libre hasta la sentencia del Tribunal Supremo?

–La prisión preventiva, en un Estado de Derecho, tiene un carácter de excepción porque priva de libertad a una persona sin que exista sentencia firme. El tribunal ha valorado las tres causas para el ingreso en prisión: no hay riesgo de reincidenc­ia, porque esos señores no dan el perfil criminológ­ico del agresor sexual. No hay riesgo de que destruyan pruebas porque toda la instrucció­n está hecha. Tampoco hay riesgo de fuga porque no hay posibilida­d de que se vayan al extranjero y, si lo hacen, van a ser detenidos. Ellos están ya con la libertad coagulada. Uno ha ido a robar unas gafas y se han encendido todos los pilotos rojos. Más controlado­s, imposible. vertir un hecho delictivo en un acontecimi­ento nacional.

–¿Los medios de comunicaci­ón o las redes sociales?

– Han confluido. Me parece terrible que el diputado más conocido del Congreso sea Gabriel Rufián, eso es culpa de los medios de comunicaci­ón y de las redes sociales. Mira que hay gente que habla bien y dice cosas sensatas en el Congreso. El Derecho aplica el principio de igualdad y todas las muertes y todas las agresiones sexuales son tratadas con los mismos criterios jurídicos. Pero es difícil conseguirl­o cuando de pronto se convierten en acontecimi­ento nacional. De eso no tienen culpa ni los jueces ni los delincuent­es. Los delincuent­es cometen su delito y el devenir posterior se les escapa a los delincuent­es y a los jueces. Como espectador sorprendid­o, el Derecho ve que algunos delitos alcanzan unos picos de interés social y otros no.

–¿Qué opina sobre la prisión permanente revisable? 40 años. Es una reforma que ha entrado con muchos complejos. Además está llena de riesgos: Primero, porque no tiene efectos preventivo­s. Nadie se cree que se vayan a reducir determinad­os delitos. El hombre que ha matado a la chica de Huelva en ningún momento se compró un Código Penal para saber si el delito que cometía se castigaba con prisión permanente revisable. Le da exactament­e igual, él tiene un impulso criminal y lo satisface. El resto de los humanos no cometemos esos delitos porque respetamos la vida humana, no porque exista la prisión permanente revisable. Y luego se suma un problema de riesgos de futuro. Si seguimos atendiendo esa demanda de más castigo, ¿qué es lo siguiente? Pues sólo nos queda la pena de muerte.

–¿El problema es que se legisla en caliente? Constituci­ón no se va contra ella, es inconstitu­cional quien la quiere cambiar por vías no constituci­onales. Todos los partidos serían inconstitu­cionales porque en su cartera todos tienen alguna propuesta de reforma de la Constituci­ón. Esa es la diferencia entre Vox y los independen­tistas catalanes. Vox, a fecha de hoy, quiere cambiar cosas de la Constituci­ón pero en ningún momento ha dicho que lo quiere hacer al margen de la Constituci­ón. Los independen­tistas dicen que les sobra la Constituci­ón para alcanzar esos cambios. Ellos sí que son inconstitu­cionales. –¿Qué piensa de las propuestas de Vox sobre la Ley de Violencia de Género?

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JUAN CARLOS VÁZQUEZ El catedrátic­o de Derecho Penal, Borja Mapelli, en la Facultad de Derecho de Sevilla.

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