El TSJA confirma las penas de dos hombres por agredir sexualmente a una menor
La sentencia desestima el recurso de los autores del ataque a una joven de 16 años en un portal en Jaén
La Sección de Apelación Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado íntegramente la sentencia de la Audiencia de Jaén que condenó a dos jóvenes por delitos continuados de agresión sexual y de lesiones a una menor, a 16 años y seis meses de prisión y a 15 años y seis meses de prisión. La sentencia desestima el recurso interpuesto por los condenados, que alegaban error en la identificación de los autores, y recuerda los hechos probados en la resolución de la Audiencia de Jaén.
En la misma se señala que los condenados, puestos “previamente de acuerdo, con la finalidad de satisfacer sus deseos e instintos sexuales, en unión de otros tres varones menores de edad”, ya condenados, abordaron a la menor a media tarde en una céntrica calle de Jaén, la introdujeron contra su voluntad en un portal, donde la agredieron sexualmente y la vejaron.
Los condenados alegaron que no eran ellos los autores de dichos hechos, pero la Sala de apelación del TSJA entiende que existe prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia de los acusados. La resolución explica que el reconocimiento de la víctima a los agresores es “inequívoco”, sin margen de duda, además, “no cabe sospechar ligereza ni motivos espurios en la testigovíctima, quien no conoce de nada a los acusados”, además de que su testimonio es absolutamente fiable.
Junto a ello, indican que al ser víctima y haberse visto expuesta “durante aproximadamente diez o quince minutos a una situación tan angustiosa e impactante, es razonable considerar que los rasgos de los agresores quedan marcados en su recuerdo de manera particularmente nítida”.