Los servicios “esenciales” de la Justicia seguirán tramitándose de modo preferente
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó ayer que una vez que el próximo 4 de junio se produzca el alzamiento de la suspensión de los plazos procesales y hasta el restablecimiento de la plena normalidad de funcionamiento de la
Administración de Justicia, los servicios considerados esenciales durante la vigencia del estado de alarma se sitúen “en un plano análogo” al de las actuaciones declaradas preferentes y urgentes por las leyes procesales.
“El alzamiento de la suspensión de los plazos procesales habrá de operar sobre una situación en la que los órganos judiciales no dispondrán de la totalidad de sus medios personales, por razón de las necesidades derivadas de las medidas sanitarias y de seguridad que deben mantenerse durante la prórroga del estado de alarma, e incluso después de su finalización –sin que se descarten ulteriores prórrogas–, de acuerdo con las disposiciones de las autoridades sanitarias. Por lo tanto, permanecen, aun después del alzamiento de la suspensión de los plazos procesales, aunque de forma más limitada y en menor medida, las razones que llevaron a exceptuar de la regla de suspensión a las actuaciones consideradas esenciales”, señaló ayer el máximo órgano de gobierno de los jueces.
La Comisión Permanente añade que, de no situarse en un plano análogo en cuanto a su tramitación unas y otras actuaciones, “se produciría el indeseable efecto de que, por virtud del elevado número de asuntos que habrán de reanudarse y/o tramitarse tras el alzamiento de la suspensión, estos asuntos esenciales se verían indefectiblemente pospuestos en el tiempo, más allá del que ordinariamente llevaría su despacho, tramitación y resolución”.