Se suicida en prisión un ex policía dominicano condenado por asesinato
José Manuel Rodríguez había sido condenado a 28 años de cárcel por un crimen machista cometido en 2016
El ex capitán de la Policía de la República Dominicana José Manuel Rodríguez Martínez, que fue condenado el año pasado a 28 años de cárcel por la muerte en la localidad sevillana de Olivares de su ex pareja Estefany G. E., fue hallado ayer muerto en su celda de la prisión de Sevilla-I, según confirmaron a este periódico fuentes penitenciarias.
Los hechos sucedieron en torno a las 13:30 de ayer, cuando los funcionarios de la prisión sevillana fueron a llevarle la comida a José Manuel Rodríguez Martínez a su celda, en la que se hallaba confinado solo desde el pasado 22 de mayo como medida preventiva por el Covid-19. Los funcionarios lo encontraron ahorcado en la celda, precisaron las mismas fuentes.
El interno, que tenía un destino en el economato del centro penitenciario, había regresado el 22 de mayo de una visita médica al especialista, por lo que se le había aplicado la medida de confinamiento durante 14 días, de acuerdo con los protocolos establecidos por el coronavirus.
José Manuel Rodríguez Martínez estaba en prisión desde octubre de 2016, cuando fue detenido en plena calle en Olivares, tras haber dado muerte a su ex pareja, en presencia de sus dos hijos menores de edad. Fue juzgado en mayo del año pasado por un jurado popular, que apreció por primera vez en Sevilla en el delito de asesinato una circunstancia agravante por “razones de género”, debido a la “posesión” y al “clima de terror” que el acusado había creado para dominar la voluntad de la víctima. De esta forma, la Audiencia lo condenó a 25 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y las agravantes de parentesco y de género, y a tres años de cárcel y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por plazo de 4 años por un delito de maltrato habitual.
La agravante de género fue introducida en el artículo 22.4 del Código Penal en una reforma legal de julio de 2015, pero no se había aplicado en Sevilla hasta este momento. Este precepto agrava la responsabilidad criminal de un acusado cuando el delito se comete precisamente por “motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad”.
El asesinato tuvo lugar sobre las 12:30 del 16 de octubre, cuando el procesado atacó a la víctima de forma “sorpresiva” y sin que su pareja “se pudiera defender”, tirándola al suelo y clavándole el cuchillo en repetidas ocasiones, sin que Estefany pudiera repeler la agresión.
En el juicio se le aplicó por primera vez en Sevilla una agravante por “razón de género”