Bolaños defendió que querían “apartarla” por su criterio
La juez María Núñez Bolaños realizó un extenso informe en contestación a la denuncia de la Fiscalía en el que apuntó que con la misma el Ministerio Público quería “apartarla” de la instrucción de las macrocausas en las que la instructora no compartía los criterios de la acusación pública.
La magistrada explica en ese documento, que está incorporado al informe elaborado por el promotor de la acción disciplinaria que ha archivado la denuncia de la Fiscalía, que la forma de tramitar o de llevar los procedimiento ha sido “igual en todas sus causas, la carga de agenda y señalamientos los mismos”, y así señalaba que lo que distingue los ERE o Avales de Mercasevilla o los cursos de formación “es la falta de criterio coincidente entre el Ministerio Fiscal y esta Instructora, es la discrepancia jurídica entre el Ministerio Fiscal y la Instructora en ERE y Avales”.
Esta discrepancia de criterio, señala Bolaños, es lo que late en el escrito de queja, y así Bolaños recuerda, “con el debido respeto a la institución del Ministerio Fiscal, que es deber de esta instructora la resolución en conciencia de los asuntos que instruye, con la vinculación a la ley y el respeto a los derechos fundamentales que concurren en todo proceso penal, criterios que han inspirado la totalidad de las resoluciones dictadas a lo largo de los procesos referenciados desde que tomó posesión en este Juzgado aunque ello no coincida con criterio del Ministerio Público”. “Y finalmente, planteando esta queja que podría decirse parece tener como finalidad apartar de la instrucción a la juez que no comparte sus criterios jurídicos y su forma de entender o considerar la causa de Avales y ERE, porque, curiosamente, en las causas en las que se comparte el criterio que sostiene Fiscalía Anticorrupción no se plantea queja alguna, en esas causa parece que no genero retraso alguno y, vuelvo a señalar, la juez instructora es la misma”, defiende la magistrada.
En el escrito que se adjunta con el de queja se denuncian numerosos retrasos, pero todo ello “sin tener en consideración la carga de trabajo y la dedicación de ambos instructores”.
La juez alegó que la queja de los fiscales no tenía en consideración “la carga de trabajo” del juzgado