Diario de Sevilla

La Audiencia escenifica el conflicto con los ex altos cargos de los ERE

● La Sección Cuarta excluye a Barberá del juicio por las ayudas a EDM después de que la Sección Tercera decidiera juzgarlo en Acyco

- Jorge Muñoz SEVILLA

Dos secciones de la misma Audiencia acuerdan decisiones diferentes en los ERE

La confirmaci­ón del conflicto en la Audiencia de Sevilla por la exclusión de los ex altos cargos de los ERE. La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha confirmado que no juzgará al ex viceconsej­ero de Empleo Agustín Barberá por las ayudas que por importe de casi 400.000 euros recibió la empresa EDM-Séneca, después de que otro tribunal, la Sección Séptima –que desde el año 2011 resuelve todos los recursos que proceden de la macrocausa de los ERE– decidiera apartarlo de esta pieza, aplicándol­e el principio non bis in ídem o cosa juzgada, después de que el ex viceconsej­ero fuese uno de los 22 ex altos cargos enjuiciado­s en el denominado “procedimie­nto específico” de los ERE.

Se trata de un conflicto en el que ya se han visto involucrad­as tres de las cuatro secciones penales de la Audiencia de Sevilla y que está provocando un resultado desigual. El pasado 22 de octubre la Sección Séptima dictó un auto en el que advirtió, tan sólo seis días después de que la Sección Tercera rechazara excluir a cinco ex altos cargos del juicio de Acyco, de que no se puede volver a juzgar en las piezas separadas a los acusados que en su día fueron enjuiciado­s en el denominado “procedimie­nto específico” de los ERE, so pena de incurrir en una “posible causa de nulidad” del juicio.

En ese auto, los magistrado­s de la Sección Séptima recordaron la exclusión del ex viceconsej­ero de Empleo Agustín Barberá de la pieza por las ayudas a la empresa EDM Séneca, insistiend­o sin hacer inguna alusión expresa al embrollo jurídico de Acyco, que contra el ex viceconsej­ero de Empleo “no podría dirigirse acusación ni, en consecuenc­ia, celebrarse juicio oral so pena de incurrir en una posible causa de nulidad de tan solamente acto”.

La Sección Séptima remitió ese auto a la Sección Cuarta para que diese “cumplimien­to a lo acordado” y ahora la Sección Cuarta, la que debe enjuiciar la pieza de EDM, ha dictado una diligencia de ordenación, a la que ha tenido acceso este periódico, en la que expresamen­te acuerda la exclusión de Barberá de este procedimie­nto, señalando que, una vez apartados todos los ex altos cargos, el juicio sólo se celebrará contra los representa­ntes de EDM y Séneca.

En el auto del 22 de octubre, la Sección Séptima hizo también un llamamient­o a la Fiscalía, como garante de la “pureza del procedimie­nto”, para evitar posibles nulidades. Decía esa resolución que “en un afán de preservar la pureza del procedimie­nto –objetivo que también compete a la acusación pública a tener del artículo 5.3 del reglamento orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal– y de evitar posibles nulidades, teniendo conocimien­to este tribunal de que la causa ha sido remitida a esta Audiencia para su enjuiciami­ento, siendo turnada a la Sección Cuarta, testimonio de esta resolución se remitirá tanto al juzgado de Instrucció­n, para que dé cumplimien­to a lo acordado, como a la referida Sección Cuarta”.

El artículo 5.3 del reglamento del Ministerio Fiscal establece que “será, en todo caso, principal misión del Ministerio Fiscal velar por la pureza del procedimie­nto, ejercitand­o, en su caso, las acciones que sean procedente­s”.

En el juicio de Acyco, la Fiscalía Anticorrup­ción se opuso a la exclusión de los ex altos cargos, al entender que los autos de exclusión que ha ido dictando otro tribunal, la Sección Séptima, no implican que se haya acordado el “sobreseimi­ento libre” contra estos ex altos cargos. Sobre la “vinculació­n” de las resolucion­es dictadas por la Audiencia de Sevilla, que fue expuesta por algunas de las defensas, el fiscal alegó que la propia Sección Séptima ha dicho en numerosas ocasiones que “en nada le vinculaba” el auto dictado por la resolución Primera de la Audiencia, que enjuició la “pieza política”, que rechazó la petición de la Fiscalía para que se realizara una delimitaci­ón del objeto de ese procedimie­nto por el que se concediero­n las ayudas sociolabor­ales y a empresas en crisis durante una década.

 ?? JUAN CARLOS MUÑOZ ?? El ex viceconsej­ero de Empleo Agustín Barberá, a la izquierda, con su abogado, Pedro Apalategui.
JUAN CARLOS MUÑOZ El ex viceconsej­ero de Empleo Agustín Barberá, a la izquierda, con su abogado, Pedro Apalategui.

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