Diario de Sevilla

El juez cree que Rivas no es “especial merecedora” de indulto

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El Juzgado de lo Penal 1 de Granada ha rechaza suspender la ejecución de la pena de dos años y seis meses de prisión impuesta a Juana Rivas, como solicitó su defensa tras pedir el indulto al Gobierno, y mantuvo que “no concurre ninguna circunstan­cia” que la haga “especial merecedora” de esta medida de gracia, en comparació­n a otros casos “idénticos con condenas similares” por el mismo delito “donde se ha iniciado la ejecución y cumplido la condena”.

En un auto fechado el 11 de junio, al que tuvo acceso Europa Press, el magistrado Manuel Piñar desestima el recurso presentado por la defensa de Rivas por entender que “no ha lugar” a suspender la ejecución de la pena impuesta por el Tribunal Supremo por sustracció­n de menores ni a suspender la orden de ingreso en prisión.

Rivas se entregó volunta

Cumple la pena de dos años y seis meses en su casa tras recibir el tercer grado

riamente en un centro de inserción de Granada el pasado viernes y salió el martes 15 al ser clasificad­a en tercer grado, por lo que cumplirá la pena en su domicilio con una pulsera telemática.

El titular de lo Penal 1 de Granada mantiene que “toda medida adoptada con respecto a un penado debe contemplar la perspectiv­a de su reinserció­n” y Rivas “no ha dado ninguna muestra de su predisposi­ción a la reinserció­n, desde el momento en que, después de ser condenada en España, repite la misma conducta en Italia, dando muestra de una predisposi­ción a infringir normas”.

“Con ello evidenció que no llegó a asumir el valor de convivir bajo el cumplimien­to de las normas, que es la regla esencial en un Estado de Derecho. En esas circunstan­cias el cumplimien­to de la pena, bajo la estricta disciplina penitencia­ria, se muestra como mecanismo para asimilar el valor de la norma como cauce regulador de la conducta social”, agrega el juez.

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