La regulación de las viviendas turísticas en Sevilla: ¿beneficio para los vecinos o los hoteles?
● El autor defiende que la solución al problema de la saturación del turismo pasa por regular los apartamentos destinados a tal fin dentro de la ley de arrendamientos urbanos
Investigador de la Universidad de Sevilla
EN febrero de este año el pleno municipal de Sevilla aprobó definitivamente la modificación del PGOU que regula las viviendas turísticas (VFT), asimilándolas a otros servicios de alojamiento. El motivo expuesto por el actual alcalde fue evitar “la competencia desleal” y avanzar “en la sostenibilidad del modelo turístico”.
Según el padrón municipal de habitantes, el centro histórico de Sevilla ha perdido más de 4.000 habitantes desde 2012, cuando en la primera década del siglo XXI ganaba población. Esto ha pasado de forma muy similar en otras ciudades andaluzas, como Granada, que pierde más de 6.000 habitantes en el mismo periodo, coincidiendo con el impacto de las viviendas turísticas. Esto ha coincidido también con protestas de asociaciones contra la saturación turística de las ciudades, que no solo implica a las denominadas viviendas turísticas, sino también la saturación de bares, lugares de ocio y en general del espacio público.
La modificación del texto refundido del PGOU de Sevilla implica que las viviendas con fines turísticos están sujetas a las condiciones de uso terciario de hospedaje establecidas en el PGOU. Esto supone que la vivienda turística necesita una licencia para uso comercial, que requiere pedir un cambio de uso de residencial a hospedaje y debe cumplir las condiciones que se le exigen a cualquier hospedaje, incluida la compatibilidad con el uso residencial. Resulta clave que este tipo de uso se restrinja a las plantas baja y primera, o en algunas zonas de la ciudad a la segunda planta si cuenta con acceso independiente.
De partida, la presente regulación, aunque supone una mejora frente a la situación anterior, parte con algunas limitaciones importantes. Para empezar, no tiene efectos retroactivos, de modo que las nuevas condiciones que se aprueben no afectarán a la oferta existente de viviendas turísticas registradas. Esto ha sido sin duda clave a la hora de espolear un incremento de la conversión de vi