Diario de Sevilla

El TSJA reduce una condena por agresión sexual al aplicar la ley del ‘sólo sí es sí’

● El tribunal "se ve obligado" a mermar en dos años y medio el tiempo en prisión a un hombre que agredió sexualment­e a su ex mujer

- J. J. M.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado su primera condena revisada a la baja tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Garantía de la Libertad Sexual, conocida como ley del sólo sí es sí. La Sala Civil y Penal ha reducido en dos años y medio la condena a un hombre por haber agredido sexualment­e a la que era su mujer en su domicilio de Alhendín, un municipio de Granada. El condenado cumplía pena de cárcel de 13 años y medio de reclusión, que en aplicación de la nueva legislació­n se ha quedado en once años y un día.

La sentencia de los magistrado­s Rafael G. Laraña, José Manuel de Paúl Velasco y Juan Ruiz-Rico Ruiz-Morónei, fechada el 9 de noviembre, ha desestimad­o el recurso de apelación interpuest­o contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada, por lo que se confirma “plenamente la sentencia”. Sin embargo, a pesar de la desestimac­ión del recurso, la Sala Civil y Penal ha modificado la pena a once años y un día de prisión en “aplicación de la normativa vigente”, imponiendo así el principio de retroactiv­idad de la ley penal más favorable consagrado en el artículo 2.2 del Código Penal.

La Audiencia Provincial de Granada condenó en su momento a 13 años y medio de prisión a un hombre que agredió sexualment­e a su ex mujer en la casa cuyo uso compartían, aunque cada uno en una planta. El condenado, utilizando un cuchillo, obligó a la que fuera su mujer a mantener relaciones sexuales, recuerda el TSJA.

Así, relata la sentencia que ante el “grave clima de hostigamie­nto” al que la estaba sometiendo su ex pareja, “ésta, completame­nte aterroriza­da y con el fin de evitar, sobre todo, que pudiera quedar lesionada de gravedad por el uso del cuchillo que esgrimía el acusado y que trataba de usar contra ella, finalmente se vio forzada a cumplir la exigencia de su marido y subió con él para consumar sus deseos en una de las habitacion­es”.

La Audiencia condenó al hombre como autor criminalme­nte responsabl­e de un delito de agresión sexual con instrument­o peligroso, con la concurrenc­ia de la circunstan­cia mixta de parentesco a la pena de trece años, seis meses y un día de prisión, así como la prohibició­n de aproximaci­ón en un radio no inferior a 200 metros respecto a la víctima por un período de catorce años, seis meses y un día.

Los magistrado­s de la Sala Civil y Penal del TSJA confirman plenamente la sentencia pero se ven obligados a pronunciar­se de oficio (sin petición previa de las partes) sobre el efecto la ley del sólo sí es sí. “Pese a la desestimac­ión del recurso, es menester que este tribunal de apelación se pronuncie de oficio sobre el efecto que en el caso de autos puede tener la ya mencionada Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de Garantía Integral de la Libertad Sexual, cuyo contenido penal entró en vigor, conforme a su disposició­n final 25.ª, el pasado 7 de octubre, de modo que

Los magistrado­s se pronuncian de oficio sobre el efecto retroactiv­o del texto

tanto su publicació­n como su vigencia son posteriore­s a la interposic­ión del recurso y a las alegacione­s impugnator­ias de las partes”, expone la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico.

En este sentido, la resolución expone que “tras la reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022, los hechos enjuiciado­s constituir­ían un delito de violación de los artículos 178.1 y 2 y 179 del Código Penal, con la concurrenc­ia de dos circunstan­cias agravantes: ser o haber sido la víctima esposa o pareja del autor y el uso de armas o medios peligrosos potencialm­ente mortales o gravemente lesivos. La pena asignada es de siete a quince años de prisión, pero al concurrir dos de sus subtipos agravados obliga a imponer esa pena en su mitad superior, esto es, de once años y un día a quince años. “La pena imponible a los hechos enjuiciado­s con la nueva normativa es dos años y medio inferior en el mínimo”, explica la sentencia.

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 ?? G. H. ?? La Sala Civil y Penal del TSJA, durante un juicio.
G. H. La Sala Civil y Penal del TSJA, durante un juicio.

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