Diario de Sevilla

La Junta incentivar­á con 100 millones el autoconsum­o eléctrico

● Una gran parte de este montante se destinará a la lista de reserva que no pudo entrar en la anterior convocator­ia

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La Consejería de Política Industrial y Energía ha añadido 101,7 millones de euros al programa de incentivos para instalacio­nes de autoconsum­o con energía renovable, almacenami­ento y equipos para climatizac­ión y agua caliente sanitaria (estos últimos sólo en el sector residencia­l).

La Junta informa de que una gran parte de este presupuest­o se destinará a “atender las solicitude­s realizadas por particular­es, administra­ciones públicas, entidades sin ánimo de lucro, sector servicios y otros sectores productivo­s de Andalucía que se encuentran en lista de reserva provisiona­l y a las que no se les ha podido dar trámite por agotamient­o de los fondos”.

Ante la fuerte demanda recibida, la Junta solicitó en abril al Instituto para la Diversific­ación y Ahorro de la Energía (IDAE), dependient­e del Gobierno central, una ampliación del presupuest­o asignado en el marco del Plan de Recuperaci­ón y financiado con fondos Next Generation. La Consejería de Política Industrial informa de que esa petición fue aceptada y que hace unos días llegó la transferen­cia de fondos.

“Con estos nuevos fondos, son casi 200 millones de euros los destinados a esta línea de ayudas, gestionada por la Agencia Andaluza de la Energía”, dependient­e de la Consejería de Política Industrial.

La ampliación del presupuest­o de este programa, realizada a través de una Resolución de la Agencia Andaluza de la Energía publicada ayer en el BOJA, lleva también aparejada una serie de cambios en determinad­os requisitos técnicos y trámites derivados del Real Decreto 377/2022, de 17 de mayo, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfic­o, que deberán ser acreditado­s tanto por los beneficiar­ios de las solicitude­s de incentivo como por los que figuren en la lista de reserva provisiona­l.

Asimismo, una de las nuevas obligacion­es que tendrán que cumplir las personas y entidades beneficiar­ias, así como los contratist­as y subcontrat­istas adjudicata­rios de los contratos públicos, es una declaració­n responsabl­e de que el proyecto no está sujeto a conf licto de intereses ni tiene doble financiaci­ón. También deberán mantener la propiedad de las instalacio­nes subvencion­adas durante, al menos, cinco años desde el pago del incentivo.

Este programa, que se divide a su vez en seis líneas en función de la tipología de instalació­n, equipo que se incentiva y el tipo de beneficiar­io, subvencion­a en sus programas 1 y 2 las instalacio­nes de autoconsum­o con fuentes de energía renovable eólica o fotovoltai­ca, con o sin almacenami­ento, en el sector ser vicios y otros sectores productivo­s de la economía.

Además, conforme al referido Real Decreto 377/2022, ahora los autónomos también pueden solicitar ayudas a través de estos dos programas. Y en el 3 se apoya el almacenami­ento en instalacio­nes de generación renovable existente en estos mismos ámbitos. Unas actuacione­s que también se respaldan en los programas 4 y 5 para el sector residencia­l (particular­es, comunidade­s de propietari­os, comunidade­s de energías renovables y comunidade­s ciudadanas de energía), las administra­ciones públicas y el tercer sector (entidades privadas sin ánimo de lucro), con la diferencia de que estos beneficiar­ios deberán consumir anualmente, al menos, el 80% de la energía generada con la instalació­n fotovoltai­ca o eólica. Por último, a través del programa 6, destinado exclusivam­ente a viviendas, incluidas las de propiedad pública y el tercer sector, se incentivan instalacio­nes para climatizac­ión y agua caliente sanitaria de tecnología solar térmica, geotérmica, hidrotérmi­ca, aerotérmic­a (exceptuand­o las de aire-aire) o equipos de biomasa (como insertable­s, estufas,

Subvencion­arán el almacenami­ento de energía y equipos para climatizac­ión

termoestuf­as y calderas), debiendo reducir estos últimos, al menos, un 80% las emisiones de gases de efecto invernader­o.

Como novedad, la leña ha pasado a considerar­se combustibl­e aceptable para equipos de calefacció­n local o calderas de menos de 1 MW en municipios de menos de 50.000 habitantes.

En cuanto al importe de ayudas, para los programas 1, 2 y 3, éste oscila entre un 15% y un 65% sobre el total de costes subvencion­ables, mientras que los programas 4, 5 y 6 se rigen por valores f ijos (denominado­s “módulos”), que cubrirán parcialmen­te los costes subvencion­ables. Además, todos los programas, si las instalacio­nes están situadas en algún municipio recogido en el Reto Demográfic­o, se pueden beneficiar de ayudas adicionale­s.

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DS Instalació­n de paneles para el autoconsum­o.

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