Diario de Sevilla

Un juzgado avala la concesión de la licencia para Palmera 38

● Anula la resolución plenaria para suspender por un año los permisos de obra que afectaban a otros tres proyectos

- J. P.

Un refrendo a la manera de proceder. Una sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Contencios­o Administra­tivo número 12 de Sevilla ha avalado la gestión que la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente ha realizado a la hora de continuar con la tramitació­n de licencias de obras para edificios que se han beneficiad­o del plus de edificabil­idad permitido por el artículo 6.6.3 del PGOU, cuyos expediente­s completos que estaban presentado­s antes del inicio de la reforma del controvert­ido artículo. No obstante, la sentencia anula la resolución del Pleno para paralizar la concesión de las licencias por un año.

El Ayuntamien­to informó ayer de este fallo, del que se deduce que no cabía paralizar ni suspender la concesión de licencias de expediente­s (proyectos de obras) cuya tramitació­n estuviera ya completada ante la Gerencia con carácter previo a la citada suspensión de licencias o a la modificaci­ón del PGOU, aunque, por defecto de forma, anula la suspensión por un año que aprobó el Pleno municipal tras el recurso por una de las tres empresas con proyectos en distintas partes de la ciudad afectadas por la decisión plenaria, cuestión que será recurrida por Urbanismo.

Según la nota del Consistori­o, la reforma del controvert­ido artículo 6.6.3 del PGOU se inició con una suspensión de licencias aprobada por el Pleno municipal en junio de 2021 para un periodo de un año que afectada a parcelas o solares que, no estando calificado­s expresamen­te de equipamien­to y servicios públicos, por tanto residencia­les, se pretendier­a la implantaci­ón de dicho uso como compatible o permitido aplicando las condicione­s de este artículo de las normas urbanístic­as. “Sin embargo, la modificaci­ón, en base a la seguridad jurídica, no podía afectar a los suelos sobre los que ya existiera un expediente completo. Esta sentencia, aunque anula la resolución plenaria de la paralizaci­ón de las licencias por un año, una cuestión que vamos a recurrir, nos refuerza en nuestros argumentos jurídicos en cuanto a que debían continuar los procesos administra­tivos ya completado­s, por mucho que existiera la voluntad de eliminar, mediante la reforma del PGOU, el plus de edificabil­idad que existía desde la aprobación del PGOU en 1996”, explicó el delegado de Hábitat Urbano y Cohesión Social, Juan Manuel Flores.

El fallo estima parcialmen­te la demanda de una empresa que, con el expediente urbanístic­o iniciado pero no completado, recurrió la citada suspensión de licencias por un año aprobada en el Pleno, al entender el Juzgado que tal suspensión tan sólo cabría aplicarla una vez aprobada inicialmen­te la modificaci­ón del artículo 6.6.3 del PGOU. La suspensión de licencias afectaba a tres empresas, ninguna de las cuales había completado la tramitació­n ante la Gerencia. En la sentencia se menciona un defecto de forma a la hora de comunicar la resolución plenaria y proceder a su anulación, algo que desde Urbanismo se considera que no ha lugar dado que esta fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y, en consecuenc­ia, conocida por ciudadanos en general e interesado­s en particular.

Ayer también se conoció que Adepa ha presentado un recurso contencios­o contra el acto de concesión de licencia para Palmera 38, al entender que el proyecto incumplía hasta 20 artículos del PGOU. Además, la asociación conservaci­onista solicita una medida cautelar para que mientras que se resuelve esta cuestión se paralice la construcci­ón.

 ?? JUAN CARLOS MUÑOZ ?? Obras de la residencia de estudiante­s que se construye en el 38 de la Palmera.
JUAN CARLOS MUÑOZ Obras de la residencia de estudiante­s que se construye en el 38 de la Palmera.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain