Tres proyectos vuelven a escena tras anularse la suspensión de licencias
● Una residencia de estudiantes, un polémico tanatorio y un hospital y geriátrico podrían retomar su tramitación
La sentencia en primera instancia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 12 de Sevilla, que anula la suspensión por un año del plus de edificabilidad en algunas zonas de la ciudad para construir nuevos equipamientos privados, abre la puerta de nuevo a la realización de tres grandes proyectos. El tanatorio previsto en el número 6 de la Avenida Manuel Siurot, frente a la barriada de la Estrella; una residencia de estudiantes en el barrio de Nervión; y el hospital y la residencia de mayores en el número 10 de la Carretera de Su Eminencia, pueden solicitar ahora que se retome la tramitación en la Gerencia de Urbanismo al quedar en suspenso la reforma del punto 6.6.3 del PGOU aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, que ha permitido que se hayan levantado grandes moles en el Paseo de la Palmera, por ejemplo. No obstante, desde el Consistorio se han apresurado a asegurar que van a recurrir esta paralización de las licencias por un año que afecta a estos tres proyectos que estaban en tramitación.
El fallo en primera instancia, del que este periódico informó el pasado martes, estima parcialmente la demanda de una de las empresas afectadas que, con el expediente urbanístico iniciado pero no completado, recurrió la suspensión de licencias por un año aprobada en el Pleno, al entender el Juzgado que tal suspensión tan sólo cabría aplicarla una vez aprobada inicialmente la modificación del artículo 6.6.3 del PGOU. En la sentencia, como informó el Ayuntamiento, se menciona un defecto de forma a la hora de comunicar la resolución plenaria y proceder a su anulación. Desde Urbanismo se considera que no ha lugar, dado que ésta fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y, en consecuencia, conocida por ciudadanos en general e interesados en particular. Desde el Juzgado se estima que también debía haberse comunicado a los interesados, como establece la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA). Al ser un fallo en primera instancia y anunciar la Gerencia de Urbanismo que va a recurrir, tendrá que ser el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) el que tome una determinación.
La licencia de obras de un proyecto de 40 millones de euros para levantar en Su Eminencia 10, un suelo residencial junto a la barriada Pedro Salvador, un edificio para residencia de ancianos con 120 plazas (15 millones de inversión) y un hospital con hasta ocho quirófanos (25 millones de inversión estaba pedida con antelación a la suspensión del 6.6.3.
La sociedad responsable (Centro de Mayores La Palmera SL) solicitó licencia de obras el 4 de junio de 2021 y obtuvo informes favorables técnico y jurídico por parte de Urbanismo porque cumplía con la ordenación urbanística vigente dado su destino, el uso permitido en la parcela y el apartado 2 del artículo 6.6.3. de las normas urbanísticas. Sus responsables, como publicó este periódico, denunciaron indefensión que les había generado el Ayuntamiento, ya que el solar fue adquirido a un precio de mercado basado en la edificabilidad dotacional que otorgaba la normativa vigente en ese momento.
Una situación similar es la que afecta a la parcela situada en el número 6 de Manuel Siurot. En la trasera de la Palmera. Se trata también de una finca residencial cuyo chalet fue derribado con la pertinente autorización de la Gerencia. El solar había sido adquirido por una empresa funeraria. Aunque no se había pedido licencia para la construcción de un tanatorio, los vecinos presentaron en Urbanismo alegaciones al expediente administrativo en las que
El fallo del Juzgado de lo Contencioso número 12 será recurrido por el Ayuntamiento
El Ayuntamiento cree que era suficiente la publicación en el BOP del acuerdo del Pleno
denunciaban que ese equipamiento era “incompatible” con el uso residencial, además de que se trata de una actividad “molesta” e “insalubre” por los posibles contagios. Pese a que desde Urbanismo sólo reconocía el permiso para el derribo del chalet, la suspensión del 6.6.3 paralizaba cualquier proyecto al no estar su tramitación terminada. Sí se autorizó una licencia de obras de uso provisional del solar mediante su acondicionamiento como parking en superficie.
El tercer proyecto afectado es el de una residencia de estudiantes que se iba a construir en el barrio de Nervión.