Casi nueve años de cárcel para el guardia civil que quiso ser narco
● La Audiencia establece que Raúl P.M., teniente jefe de la Usecic, quería “dinero a toda costa”
La Audiencia de Sevilla ha condenado a ocho años y diez meses de cárcel a un teniente de la Guardia Civil, jefe de la Unidad de Seguridad Ciudadana (Usecic) en la época de los hechos, que colaboró con narcotraficantes e incluso intentó sustraer hachís que estaba custodiado en su lugar de trabajo, la Comandancia de Montequinto. Así lo consideró probado el jurado popular que lo declaró culpable a mediados de febrero. El agente ya estuvo en prisión preventiva desde el 10 de agosto de 2020 al 29 de octubre de 2021, así que a la pena total de reclusión hay que restarle esos catorce meses y medio.
En una extensa sentencia de 76 páginas fechada el 14 de marzo y aún no firme, la Audiencia impone a Raúl P.M. cinco años de prisión y once de inhabilitación especial para empleo o cargo público (incluido el de guardia civil) por un delito continuado de cohecho; tres años y una multa de 1,5 millones de euros por un delito de tráfico de drogas en grado de tentativa (estará seis meses arrestado si no la paga); seis meses por un delito de hurto en grado de tentativa; y cuatro meses por un segundo delito de hurto intentado. En todos los delitos concurre la atenuante de dilaciones indebidas por la duración del procedimiento judicial. La única buena noticia para él es que es absuelto de un delito de revelación de secretos.
Los otros dos acusados, en consonancia con la conformidad que ya prestaron durante el juicio, reciben penas mucho menores. José María C.C., un empleado de una tienda de motos de agua de Sotogrande (Cádiz) que por su trabajo tenía relación con traficantes y ofició de “intermediario” entre ellos y el guardia civil, es condenado a un año y medio de prisión por cohecho; un año y una multa de 600.000 euros por tentativa de tráfico de drogas; dos meses que se sustituyen por una multa de 720 euros por una tentativa de hurto; y tres meses por un segundo delito idéntico. Y a su primo Roberto O.C. le impone nueve meses de prisión y una multa 600.000 euros por el intento de narcotráfico; dos meses que se sustituyen por una multa de 720 euros por tentativa de hurto; y tres meses por un segundo delito de hurto intentado. Al primero se le aplican las atenuantes de confesión y dilaciones y al segundo, las mismas más la de drogadicción.
El teniente, como recoge la sentencia facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tenía “relaciones cordiales” con José María C.C. y al saber de sus contactos con traficantes acordó colaborar con ellos para así “adentrarse en las organizaciones y obtener dinero a cambio”. Su función era ofrecer la “información policial” que le pedía el otro investigado. De su estrechísima relación hay múltiples pruebas, al margen de la propia confesión del empleado de la tienda de motonáutica. Los investigadores contabilizaron 3.232 mensajes entre ambos, de hecho.
Ahora bien, Raúl P.M. tenía un acceso “limitado” a las bases de datos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y no podía entrar en la del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (Citco), “que es donde se recogen informaciones de personas, organizaciones e investigaciones en curso” en toda España y por tanto era la que interesaba a los narcos. Por eso intentó “atraer” a un compañero que sí podía, el teniente del Equipo de Delincuencia Organizada y Antidroga (EDOA). Lo que no sabía es que ese agente, al “escamarse” con sus intenciones, sospechó e informó a sus superiores. Tras una consulta con la Audiencia Nacional, le propusieron que trabajase como agente encubierto. Eso hizo: proporcionó a Raúl P.M. información que era filtrada por sus superiores, a cambio de gratificaciones económicas que justifican el delito de cohecho (soborno), y también grabó múltiples conversaciones.
El 14 de junio de 2020, el agente tuvo conocimiento de la existencia de un vehículo intervenido en la Comandancia que podía contener 100.000 euros ocultos. El día 21 se dirigió allí junto a los otros dos investigados y el agente encubierto con el objetivo de “apoderarse” de ese dinero Sin embargo, “nada encontraron” después de “rebuscar” dentro del coche. Este hecho es la base de un delito de tentativa de hurto.
Semanas después, en ese contexto de “realizar cualquier actividad relacionada con el tráfico de drogas para conseguir dinero”, Raúl P.M. organizó una “operativa” para sustraer fardos de hachís que estaban almacenados en la Comandancia. El asalto se produjo el 7 de agosto de 2020. Se apropiaron de 29 sacos y en su lugar dejaron 16 rellenos de arena para “no originar sospechas de que se habían apoderado de la droga”. La Guardia Civil, avisada de antemano por el agente encubierto, arrestó esa noche a todos los acusados. Y ahí radican el otro delito intentado de hurto y la tentativa de narcotráfico: el jurado entendió que los encausados nunca pudieron disponer de la droga al estar controlada en todo momento por Asuntos Internos.
La defensa del guardia civil alegó que se trató de delitos provocados por el agente encubierto.
La sentencia dice que la voluntad de delinquir partió del acusado, no del agente encubierto
La Audiencia rechaza esos argumentos. “Ninguna de las pruebas practicadas permite afirmar que la iniciativa delictiva ha surgido del agente encubierto y que ha provocado al acusado para delinquir”, razona la sentencia. Es más, la magistrada-presidenta del Tribunal del Jurado recuerda que el encubierto “impidió en varias ocasiones” que su compañero llevase a cabo planes que él mismo calificó de “descabellados” en el juicio. “Son muchas las ocasiones en las que Raúl P.M. propone al agente encubierto robar droga”, detalla la sentencia, que enumera hasta cinco veces sólo entre el 6 de junio y el 26 de noviembre de 2019. “Se evidencia con claridad la preexistencia de esa intención de delinquir en el acusado, que lo que pretende es conseguir dinero a toda costa para invertir en introducir cocaína y convertirse en un verdadero narcotraficante”, insiste la Audiencia.