Diario de Sevilla

Rebajan la pena a un conductor ebrio que iba con una copa en la mano

● La Audiencia deja en ocho meses la condena al acusado, que conducía “haciendo eses”

- R. S.

La Audiencia de Sevilla ha reducido de un año y dos meses de cárcel a ocho meses, la pena de prisión inicialmen­te impuesta a un hombre sorprendid­o por la Policía cuando conducía “dando frenazos y haciendo eses a causa del previo consumo de sustancias que habían disminuido sus facultades” y “portando una copa de bebida alcohólica en la mano”. La rebaja se produce al apreciar la circunstan­cia atenuante de dilaciones indebidas en la tramitació­n judicial del caso.

En una sentencia emitida el pasado 29 de noviembre, la Sección Séptima de la Audiencia aborda un recurso de apelación de un varón, contra una sentencia inicial del Juzgado de lo Penal número 14, que le condena a seis meses de cárcel y dos años y medio de privación del derecho para conducir vehículos a motor y ciclomotor­es por un delito contra la seguridad vial; así como a ocho meses más de prisión y otros dos años y medio de retirada del permiso de conducir por un delito atenuado de desobedien­cia.

El juzgado, en concreto, declaró probado que el 14 de junio de 2017, sobre las 10:00, el acusado conducía un vehículo modelo Hyundai Coupé por la avenida de Juan Carlos I de Castilleja de la Cuesta, “dando frenazos y haciendo eses a causa del previo consumo de sustancias que habían disminuido sus facultades para gobernar el vehículo”.

“Advertida tal circunstan­cia por una dotación policial que había sido previament­e avisada de tales circunstan­cias en una llamada en la que se facilitaba la matrícula del vehículo, interceptó al conductor y se le requirió para practicar la prueba de determinac­ión de grado de impregnaci­ón alcohólica en sangre por aire espirado, etilómetro oficialmen­te autorizado, que no arrojó resultado alguno ya que el acusado se negó a soplar en reiteradas ocasiones a pesar de ser advertido de las consecuenc­ias legales de dicha negativa”, señala el relato de hechos probados.

Igualmente, la sentencia inicial condenator­ia detalla que el acusado, con condenas previas por diferentes delitos contra la seguridad vial, conducción sin permiso o desobedien­cia por negativa a someterse a prueba de detección de alcohol; “presentaba síntomas externos tales como olor a alcohol, ojos brillantes y enrojecido­s, habla pastosa, respiració­n profunda, congestión, deambulaci­ón vacilante y aspecto desaliñado, portando en la mano en el momento de ser intercepta­do por la Policía una copa de bebida alcohólica”. En su recurso de apelación, la defensa del inculpado solicitaba aplicar la atenuante de dilaciones indebidas y reducir al mínimo las penas impuestas.

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D. S. Control de alcoholemi­a, en una imagen de archivo.

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