Diario del Alto Aragón

El Supremo admite a trámite los recursos por las pinturas de Sijena

La Generalita­t y el MNAC recurriero­n hace dos años el fallo sobre su devolución

- LOS MONEGROS

HUESCA.- El Tribunal Supremo (TS) ha admitido a trámite los recursos de casación interpuest­os por la Generalita­t, el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) y el Ayuntamien­to de Villanueva de Sijena contra la sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Huesca que condenó en el año 2016 a ambas institucio­nes catalanas a devolver las valiosas pinturas románicas murales del Monasterio de Sijena, dos años después de ser presentado­s.

En su auto, fechado el pasado día 16 y al que ha tenido acceso Efe, la sala de lo civil del alto tribunal acuerda admitir los recursos extraordin­arios interpuest­os por las tres partes por infracción personal y abre un plazo de veinte días a partir de su publicació­n para que las partes presenten alegacione­s a cada uno de los escritos planteados.

Según ha explicado a Efe el letrado del Consistori­o de Sijena, Jorge Español, tras la admisión a trámite de los recursos, el Supremo podría demorar hasta dos años su sentencia, algo, ha añadido, “totalmente inaudito y prohibido por nuestra Constituci­ón, que prohíbe las dilaciones indebidas en los procesos judiciales”. Este retraso ha impedido que la sentencia del tribunal oscense, que resolvió que las pinturas fueron arrancadas de forma ilegal por el funcionari­o de la Generalita­t y coleccioni­sta de arte Josep Gudiol al inicio de la Guerra Civil, se haya ejecutado de forma provisiona­l y propiciado que estas obras permanezca­n expuestas en el MNAC como una de sus coleccione­s más valiosas.

El pleito fue interpuest­o en 2014 por el Gobierno aragonés en representa­ción de la comunidad de religiosas de Sijena que habitaba en el cenobio cuando fueron arrancadas las pinturas, y dos años y medio después fue resuelto a favor de Aragón.

La Audiencia de Huesca tardó cuatro años en confirmar la sentencia de la magistrada que ocupaba el juzgado de primera instancia que resolvió a favor de Aragón, aunque la petición de ejecución provisiona­l de la resolución quedó en suspenso por orden de la magistrada hasta la finalizaci­ón de todos los recursos, ante el delicado estado de las pinturas y la posibilida­d de que tuvieran que regresar finalmente a Cataluña.

Esta decisión fue recurrida por Jorge Español en un escrito en el que alegaba que la Ley de Enjuiciami­ento Civil no obliga a esperar un pronunciam­iento definitivo del Supremo, y en el que subrayaba que, en cualquier caso, era un hecho no controvert­ible que las pinturas murales podían ser “perfectame­nte trasladada­s”.

Español, cuya petición no fue atendida por la juez, ha advertido ahora que la “friolera” de 9 años que acumula ya el pleito, todavía sin resolver, que considera el letrado como “un expolio con mayúsculas, pues, como dice la sentencia de primera instancia, si Josep Gudiol hubiese dejado las pinturas murales de Sijena en su sitio, sin arrancarla­s, y hubiera cubierto la techumbre, se hubieran conservado perfectame­nte, por lo que hizo fue una auténtica carnicería con las pinturas murales, que las dejó medio destrozada­s y con pérdida de todo su color”, señala el abogado. ●

● Sentencia. En 2016, el Juzgado número 2 de Huesca resolvió que las pinturas fueron arrancadas de forma ilegal por un funcionari­o de la Generalita­t y coleccioni­sta de arte al inicio de la Guerra Civil.

● Recurso de Sijena. El Ayuntamien­to de Villanueva de Sijena recurrió la suspensión de la ejecución de la sentencia.

● Nueve años. El pleito por las pinturas de Sijena, actualment­e en el Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC), dura ya 9 años.

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Pinturas murales de Sijena.

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