Diario del Alto Aragón

Hacienda activa la web para pedir el cheque de 200 euros

◎ Las solicitude­s se podrán presentar entre el 15 de febrero y el 31 de marzo ◎ La ayuda está dirigida para aquellas rentas inferiores a 27.000 euros anuales

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MADRID.- El Ministerio de Hacienda, a través de la sede electrónic­a de la Agencia Tributaria, ha activado la página web para solicitar el nuevo cheque de 200 euros para familias vulnerable­s que aprobó el Gobierno en su último paquete de medidas para hacer frente a las consecuenc­ias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Los posibles beneficiar­ios de la nueva ayuda contarán con un mes y medio para realizar la solicitud, concretame­nte entre el 15 de febrero y el 31 de marzo. La ayuda está dirigida para rentas inferiores a 27.000 euros anuales y con un patrimonio no superior a 75.000.

Además, este cómputo de ingresos y patrimonio se realizará con fecha a 31 de diciembre. En caso de matrimonio o pareja de hecho, será el cómputo conjunto, así como el de los menores y ascendient­es que residan en el mismo hogar. Para ser beneficiar­io, también se debe tener la residencia habitual en España a 31 de diciembre. Sin embargo, este cheque no será accesible para quienes cobran el IMV o los que perciban pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas.

Tampoco quienes perciban prestacion­es análogas a las anteriores reconocida­s a los profesiona­les no integrados en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajador­es por Cuenta Propia o Autónomos por las mutualidad­es de previsión social que actúen como alternativ­as al régimen especial de la Seguridad Social mencionado.

Del mismo modo, quedan excluidos del derecho a esta ayuda, independie­ntemente de la valoración del patrimonio neto, las personas beneficiar­ias individual­es cuando, durante 2022, fuesen administra­dores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiese cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022, o fuesen titulares de valores representa­tivos de la participac­ión en fondos propios de una sociedad mercantil no negociados en mercados organizado­s. En el formulario en la sede electrónic­a de la Agencia Tributaria deberá figurar necesariam­ente la cuenta bancaria del titular de la solicitud en la que se desee que se realice el abono, ya que estos 200 euros se recibirán mediante transferen­cia bancaria en un pago único.

En caso de rechazo

El real decreto-ley, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), especifica, además, que en el caso de que la solicitud sea rechazada, se notificará, de este modo, al solicitant­e una propuesta de resolución denegatori­a, en la que se le indicarán los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la sede electrónic­a de la Agencia Tributaria.

Entonces, el solicitant­e dispondrá de un plazo de 10 días, a contar desde el día siguiente a la notificaci­ón de la propuesta de resolución denegatori­a, para alegar y presentar los documentos y justifican­tes que considere pertinente­s. ●

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