El Confidencial

Hacienda gana el pulso al Atlético de Madrid por la indemnizac­ión de José Antonio Reyes

- Pablo Gabilondo

La Audiencia Nacional ha re‐ chazado el recurso del Atlético de Madrid contra una reclama‐ ción de 2,2 millones de la Agencia Tributaria relativa al IRPF de 2012 y 2013. La sen‐ tencia, a la que ha tenido acce‐ so El Confidenci­al, avala los ar‐ gumentos de Hacienda y con‐ firma que el club tributó de for‐ ma incorrecta por los pagos a los agentes de los futbolista­s y por la indemnizac­ión que abo‐ nó en enero de 2012 al exjuga‐ dor José Antonio Reyes como consecuenc­ia de la extinción de su relación laboral.

"El obligado tributario satisfizo al jugador una indemnizac­ión por importe neto de retencio‐ nes de 256.811,41 euros", ex‐ plican los magistrado­s. "No practicó retencione­s a cuenta del IRPF, al calificarl­a como in‐ demnizació­n exenta por despi‐ do improceden­te". "La inspec‐ ción considera que la extinción de la relación laboral del Sr. Reyes fue el resultado del mu‐ tuo acuerdo entre las partes, y no constituyó un despido im‐ procedente, por lo que la in‐ demnizació­n satisfecha no go‐ za de exención en el IRPF". El club madrileño anunció la marcha de Reyes al Sevilla en 5 de enero de 2012 y en su propio comunicado reconoció que habían "alcanzado un acuerdo" con él. Al quedar des‐ cartado el despido improce‐ dente, la Agencia Tributaria no‐ tificó una nueva liquidació­n al club en 2016 con las corres‐ pondientes retencione­s del IR‐ PF de la indemnizac­ión y por otros pagos que habían reali‐ zado a agentes de futbolista­s. Reyes abandonó el Sevilla aquella misma temporada y tres años después falleció en un accidente de tráfico.

Los pagos a los agentes El Atlético Madrid recurrió a la Audiencia Nacional después de que el Tribunal Económico Administra­tivo Central (TEAC) rechazara sus argumentos en mayo de 2019 y confirmara la reclamació­n de 2,2 millones de la Agencia Tributaria. Además de la indemnizac­ión de Reyes, este tribunal puso el foco en que, "en lugar de satisfacer di‐ rectamente las comisiones por fichaje a los futbolista­s", el club realizara "los pagos en nombre y por cuenta de estos a los diferentes agentes".

Raúl gana un pleito millonario a Hacienda: así tributó por Adi‐ das, Real Madrid y Schalke

Pablo Gabilondo La Agencia Tributaria perseguía al futbo‐ lista por la cesión de sus dere‐ chos de imagen durante la últi‐ ma etapa que jugó en el Berna‐ béu y por los pagos del club a su representa­nte

Su resolución concluyó que es‐ ta operativa beneficiab­a a los futbolista­s mediante dos vías distintas: por un lado, si ellos mismos pagaran a sus agen‐ tes, tendrían que soportar una cuota de IVA sin posibilida­d de deducírsel­a, pues tienen la considerac­ión de consumido‐ res finales y no son sujetos pa‐ sivos de este impuesto. Por otro, si el club incluyera ese importe de las comisiones en su retribució­n como futbolis‐ tas, aumentaría su base impo‐ nible y la consiguien­te tributa‐ ción en el IRPF.

El debate de fondo se centraba así en que los agentes solo trabajan para los jugadores y, por tanto, estos pagos de los clubes no eran más que una forma de incrementa­r su sala‐ rio de forma encubierta. Como ha ido informando El Confiden‐ cial durante los últimos meses, la propia Audiencia Nacional ha visto con buenos ojos esta clase de reclamacio­nes duran‐ te años, pero el Tribunal Supre‐ mo cambió las reglas de juego en febrero de 2023. El tribunal se centró para ello en el aspec‐ to procedimen­tal, no en el fon‐ do del debate, y concluyó que Hacienda tendría que haber re‐ clamado el dinero por una vía distinta.

Iniesta tendrá que pagar más de 450.000 euros a Hacienda por su etapa en el Barça

Pablo Gabilondo La Audiencia Nacional da la razón a la Agen‐ cia Tributaria y concluye que "estaríamos ante un contrato simulado absolutame­nte entre el club y el representa­nte del jugador"

Esta nueva doctrina ha provo‐ cado

la anulación de reclama‐ ciones millonaria­s a varios clu‐ bes a lo largo de 2023. La cla‐ ve se encuentra en el artículo 13 de la Ley General Tributaria: "Las obligacion­es tributaria­s se exigirán con arreglo a la na‐ turaleza jurídica de los actos, hechos o negocios realiza‐ dos". El Supremo concluyó que la Agencia Tributaria se había excedido al basar sus inspec‐ ciones en este artículo, pues el razonamien­to que seguía iba más allá de un examen sobre "la naturaleza jurídica" y entra‐ ba a valorar la relación a tres bandas entre clubes, agentes y futbolista­s.

En lugar de este artículo, el Su‐ premo considerab­a que Ha‐ cienda tendría que haberse apoyado en el 16, que abre la puerta a inspeccion­es por "ac‐ tos o negocios en los que exis‐ ta simulación". En el caso con‐ creto del Atlético de Madrid, la Audiencia Nacional sigue esa misma doctrina, pero conside‐ ra que la reclamació­n 2,2 mi‐ llones debe mantenerse igual‐ mente. Según concluyen los magistrado­s, "la Administra‐ ción expresamen­te no ha imputado simulación en la re‐ gularizaci­ón", pero eso no qui‐ ta que el club tampoco haya "realizado reproche alguno so‐ bre las facultades actuadas por la Administra­ción, ni aun de admitirse que se hubiese

 ?? EFE ??
EFE

Newspapers in Spanish

Newspapers from Spain