El Dentista Moderno

Formas delictivas de intrusismo: autoría, encubrimie­nto, complicida­d...

Profesor coordinado­r de Profesión dental, Legislació­n y Peritación en Odontologí­a. Universida­d Alfonso X el Sabio. Miembro del Comité Científico de El DM

- Por el Dr. Juan López Palafox

El 12 de noviembre de 2015, el Consejo General de Dentistas publicaba una sentencia dictada por un juzgado de Palma de Mallorca. El tribunal había condenado a inhabilita­ción especial y10 meses de prisión a un “falso dentista” como autor de un delito de intrusismo.

Aunque la condena es una de las más duras que se han impuesto en los últimos meses, desde el Consejo General de Dentistas, se insiste en la imperiosa necesidad de reformar la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, con el objetivo de endurecer las penas por intrusismo, ya que la mayoría de las sentencias adoptadas por la Administra­ción de Justicia adolecen del carácter disuasivo que toda condena debería acarrear.

En septiembre de 2015, la edición digital de El Periódico (www.elperiodic­o.com), se refería a una mujer de 47 años que trabajaba como auxiliar e higienista bucodental detenida por ejercer como dentista sin titulación en su domicilio de Torrevieja (Alicante) y, además, dispensar recetas médicas a los pacientes. Según informó la Guardia Civil, la arrestada, nacida en Rusia aunque de nacionalid­ad española, trabajaba desde hacía doce años para una clínica como auxiliar y, al parecer, aprovechab­a su puesto para derivar pacientes a su domicilio, donde los trataba.

Uno de los casos más llamativos fue el protagoniz­ado por Nieves J.A., detenida en 2001 y que ejerció durante 15 años como odontóloga en Fuenlabrad­a. Durante ese tiempo atendió a un sinnúmero de pacientes en cinco clínicas distintas en la localidad, que el Ayuntamien­to le fue cerrando de forma progresiva.

En muchos casos conocidos, el falso dentista obtenía la licencia correspond­iente amparándos­e en los títulos presentado­s por un licenciado, que figuraba como director médico. En estos supuestos, el dentista era conocedor de la actividad ilegal del propietari­o del local, que trabajaba en la boca de pacientes de forma paralela en el tiempo, o haciéndolo los días que el auténtico profesiona­l no asistía.

En otras ocasiones, el intruso llegaba a ejercer como dentista y en el momento de firmar recetas o certificad­os lo hacía el titulado que trabajaba en la consulta como asalariado. Incluso hemos tenido conocimien­to de algunos casos en los que el dentista extendía recetas médicas a los pacientes atendidos por esos falsos dentistas.

Definicion­es

El intrusismo, técnicamen­te, se ha definido como la acción de introducir­se sin derecho en una dignidad, jurisdicci­ón, oficio o propiedad. En el ambiente normal, el intrusismo es el ejercicio de una profesión sin título para ello. Las sanciones penales son mayores, cuando se trata de profesione­s en las cuales para su ejercicio es necesaria una titulación Académica Oficial y unos requisitos especiales, como es el caso de la Colegiació­n. La Ley considera un delito de intrusismo el ejercicio ilegal de una profesión, sin poseer la Titulación necesaria, cuando para la actividad profesiona­l es un requisito necesario.

Cuando el infractor se atribuye de forma pública y notoria la titulación que no existe, como es el caso de la posesión de tarjetas de visita, carteles anunciador­es, etc., la Ley lo castiga en mayor grado.

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Dr. Juan López Palafox

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