Formas delictivas de intrusismo: autoría, encubrimiento, complicidad...
Profesor coordinador de Profesión dental, Legislación y Peritación en Odontología. Universidad Alfonso X el Sabio. Miembro del Comité Científico de El DM
El 12 de noviembre de 2015, el Consejo General de Dentistas publicaba una sentencia dictada por un juzgado de Palma de Mallorca. El tribunal había condenado a inhabilitación especial y10 meses de prisión a un “falso dentista” como autor de un delito de intrusismo.
Aunque la condena es una de las más duras que se han impuesto en los últimos meses, desde el Consejo General de Dentistas, se insiste en la imperiosa necesidad de reformar la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, con el objetivo de endurecer las penas por intrusismo, ya que la mayoría de las sentencias adoptadas por la Administración de Justicia adolecen del carácter disuasivo que toda condena debería acarrear.
En septiembre de 2015, la edición digital de El Periódico (www.elperiodico.com), se refería a una mujer de 47 años que trabajaba como auxiliar e higienista bucodental detenida por ejercer como dentista sin titulación en su domicilio de Torrevieja (Alicante) y, además, dispensar recetas médicas a los pacientes. Según informó la Guardia Civil, la arrestada, nacida en Rusia aunque de nacionalidad española, trabajaba desde hacía doce años para una clínica como auxiliar y, al parecer, aprovechaba su puesto para derivar pacientes a su domicilio, donde los trataba.
Uno de los casos más llamativos fue el protagonizado por Nieves J.A., detenida en 2001 y que ejerció durante 15 años como odontóloga en Fuenlabrada. Durante ese tiempo atendió a un sinnúmero de pacientes en cinco clínicas distintas en la localidad, que el Ayuntamiento le fue cerrando de forma progresiva.
En muchos casos conocidos, el falso dentista obtenía la licencia correspondiente amparándose en los títulos presentados por un licenciado, que figuraba como director médico. En estos supuestos, el dentista era conocedor de la actividad ilegal del propietario del local, que trabajaba en la boca de pacientes de forma paralela en el tiempo, o haciéndolo los días que el auténtico profesional no asistía.
En otras ocasiones, el intruso llegaba a ejercer como dentista y en el momento de firmar recetas o certificados lo hacía el titulado que trabajaba en la consulta como asalariado. Incluso hemos tenido conocimiento de algunos casos en los que el dentista extendía recetas médicas a los pacientes atendidos por esos falsos dentistas.
Definiciones
El intrusismo, técnicamente, se ha definido como la acción de introducirse sin derecho en una dignidad, jurisdicción, oficio o propiedad. En el ambiente normal, el intrusismo es el ejercicio de una profesión sin título para ello. Las sanciones penales son mayores, cuando se trata de profesiones en las cuales para su ejercicio es necesaria una titulación Académica Oficial y unos requisitos especiales, como es el caso de la Colegiación. La Ley considera un delito de intrusismo el ejercicio ilegal de una profesión, sin poseer la Titulación necesaria, cuando para la actividad profesional es un requisito necesario.
Cuando el infractor se atribuye de forma pública y notoria la titulación que no existe, como es el caso de la posesión de tarjetas de visita, carteles anunciadores, etc., la Ley lo castiga en mayor grado.